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domingo, 28 de julio de 2019

EL DEBIDO PROCESO



Por      
Lic. Fernán Camilo Álvarez Consuegra


Se logra la justicia con el ejercicio(judicial) del Derecho; pero para lograrla, es preciso recorrer las respectivas instancias que corregirán la falibilidad humana, circunstancia que no puede evitarse. Se alcanzará así la justicia, que es base del desarrollo y convivencia humana.

Así lo explicaba el Dr. Humberto Sáenz Cevallos, en su clase de Teoría General del Proceso, cuando también se desempeñaba como Secretario General de la Facultad de Derecho de la Universidad Dr. José Matías Delgado. Poco después de una de sus cátedras, fue asesinado por órdenes de la Comandancia del FMLN, en el atentado de la Zona Rosa. Sin embargo, esas mismas enseñanzas son hoy transmitidas a nuevos estudiantes, por quienes, en ese momento, eran sus alumnos y se desempeñan hoy como Catedráticos o ejercen como jueces y litigantes, circunstancia que permite, una reflexión, sobre el estado jurídico nacional.

El caso actual, civilmente más interesante, es el del Lic. José Antonio Salaverría vs. Davivienda: éste banco, con la adquisición del desaparecido HSBC, adquirió sus activos y riesgos, que seguramente fueron analizados, bajo el concepto de “due diligence” o auditoria de compra, para valorar el riesgo económico en dicho proceso y ajustar el precio a la baja. Hoy, materializada una condena, sólo falta la ejecución de la misma: sus implicaciones son mayores que las que pueda tener económica y directamente, Davivienda.

Podrá haber simpatías o antipatías hacia las dos partes, pero un fallo judicial, no puede cuestionarse, pretender influir políticamente, o evitarse, mediante maniobras dilatorias sin fundamento real, pues de lo contrario, la justicia se inclinaría en favor del poder, aumentando la injusticia misma.

En el sentido opuesto, vemos que, en el caso del Mozote, han fallado las diferentes instancias por la influencia política, aplicando doctrinas y tratados en manifiesta contravención a la Constitución, siguiendo una retorcida lógica jurídica, que plantea la cuestión sobre la aplicación del Derecho en El Salvador: en el caso del Mozote, la querella está sostenida con fines políticos, por una transnacional y su resultado, repercutirá sobre situaciones actuales.

La estructura jurídica de un país, debe ser integralmente aplicada, por lo cual es coherente e indivisible. Si en materia civil es coherente y justa, pero contaminada e injusta en materia penal, ésta contaminación terminará afectando todo el sistema procesal, comenzando por el Derecho Administrativo y Tributario.

Hoy se busca que El Salvador sea un país seguro, que impere únicamente la fuerza del derecho pero, aunque las maras sean controladas, no habrá desarrollo económico, si no existe un debido proceso, y garantice la inversión nacional o extranjera.

La manipulación política del poder judicial, es indicadora del estado de libertad y de confianza en un país. No puede hacerse justicia en un caso e injusticia en otro, pues en cada fallo judicial, se crea derecho y éste, repercutirá a futuro indirectamente en otras personas y, creara estabilidad o inestabilidad, en un país.

En el caso del Lic. Salaverría, si la sentencia es ejecutada en su favor, se verá la paridad de salvadoreños y corporaciones extranjeras, fortaleciendo la institucionalidad del país. En el Mozote, si las instancias judiciales fallan, veremos la justicia politizada, sin poder predecir el alcance futuro de dicha politización. Es ésta la razón de la independencia judicial y de la existencia del Consejo Nacional de la Judicatura.

Mediante la observación de estos dos casos, podemos apreciar el estado actual del debido proceso en El Salvador y comprobar, que las enseñanzas de los juristas en las aulas de clase, no son meras teorías o quimeras, sino realidades que permiten vivir en paz y armonía a la sociedad, sin  riesgo de generar un nuevo conflicto.

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