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domingo, 9 de agosto de 2020

DECRETO EJECUTIVO N° 32

       

Por      

Lic. Fernán Camilo Álvarez Consuegra

Editor de PUBLICACIÓN ACCION 

 

Declarado inconstitucional el Decreto Ejecutivo N° 32, queda éste, expulsado del mundo jurídico, advirtiendo al Ejecutivo, de que no puede continuar invadiendo las esferas de otros Órganos, ni violentando los derechos de los ciudadanos. Dicho Decreto, reflejaba la tendencia del Ejecutivo, a cambiar la estructura e interpretación de la Constitución, invirtiendo su sentido, y volviendo normales, los poderes que, por excepción, se le han dado al Gobierno, limitando permanentemente, los derechos del ciudadano.

 

El Decreto, en su considerando V, interpreta el Art. 101, inc. 1de la Constitución, como si la libertad económica, se contrapusiese a la salud pública y, por esto, limita toda actividad económica, permitiendo su ejercicio, sólo a criterio del Ejecutivo. En el considerando IV, pretende usar, en sentido restrictivo, de derechos, las distintas recomendaciones, para combatir la pandemia, de Organismos Internacionales, e interpreta en sus considerandos I y II, que la preservación de la vida (en su sentido físico e individual) es el objetivo del Estado y no, en su sentido amplio, integral, como lo expresan los constituyentes de 1983.

 

Este cambio, da al Ejecutivo, la potestad de disponer sobre los derechos individuales que garantizan la vida plena en sociedad, extinguiendo los derechos y garantías individuales. En su interpretación errónea de los principios constitucionales, invade la esfera de la Asamblea Legislativa. El Decreto 32, pone al Ministerio de Salud, como el rector del Órgano Ejecutivo y a la Asamblea Legislativa, como un mero espectador, que debe  autorizar la restricción de libertades, ordenada por el Ejecutivo y obtener los fondos necesarios, para la continuidad del sojuzgamiento permanente de los ciudadanos.

 

La supresión de derechos y la usurpación de funciones legislativas que conlleva el Decreto 32, reflejan una inversión de los conceptos constitucionales: las medidas a tomarse en una crisis, son temporales y acordadas en conjunto, de acuerdo al marco constitucional, entre los Órganos Ejecutivo y Legislativo, pudiendo intervenir la Corte Suprema de Justicia, en la Sala de lo Constitucional, si la legalidad se rompe. Pero ahora, pretendese hacer normal esa excepcionalidad, con supremacía del Presidente de la República y, en detrimento permanente, de los derechos y garantías constitucionales de los ciudadanos.

 

Todo nos llevaría inevitablemente, a un socialismo disimulado por democracia, y en el que los derechos individuales, ceden ante el “poder popular”, como dicen los troles de Nayib Bukele.

 

Aún sin la inconstitucionalidad del Decreto 32, los médicos no han abandonado a sus pacientes regulares, los operarios han trabajado, la ropa y calzado se vende en las calles. Todo porque es la vida cotidiana y normal de una sociedad, la que se desenvuelve: todos están conscientes del peligro de la pandemia y, procuran realizar sus actividades, tomando las mejores medidas de protección, de las que se pueden proveer.

 

Sólo el empresario formal y grande, no puede ejercer sus labores, pues el Gobierno, tiene el alcance de cerrarlos, pero la vida fluye normalmente en la informalidad, desarrollándose en clandestinaje, la vida normal. Una sociedad libre, no puede desarrollarse en esa forma, ni un Estado puede mantenerse a sí mismo, sin esa actividad diaria, que marca el dinamismo colectivo, pero que el presente Gobierno, pretende, en las próximas elecciones, poder perpetuar y legalizar las restricciones de derechos fundamentales e inalienables.

 

Hoy, la institucionalidad ha protegido los intereses del ciudadano, pero si el presente Gobierno continúa, tendrán que ser los ciudadanos quienes directamente, procedan a su legítima defensa; por ello, es preferible sostener el presente sistema político, que permitir un cambio, que sólo pretende subyugar al ciudadano en sus derechos y, concentrar en un dictador, el poder político.

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