Por
Lic. Fernán Camilo
Álvarez Consuegra
Editor de PUBLICACIÓN
ACCIÓN
http://publicacionaccion.blogspot.com
San Salvador, 20 de
septiembre de 2015.
Se centra la actual discusión,
en la creación de un sistema mixto de pensiones, el cual, sin embargo, si
apreciamos el hecho, económica y jurídicamente, es una expropiación de bienes
privados, en beneficio del Estado, siendo su razón de ser, el que ya una buena parte de esos fondos no
existe, por lo cual se hace necesario cubrir dicho déficit y sobre todo, retrasar la reclamación directa,
de tal responsabilidad.
Los fondos actuales de
pensiones, son patrimonio privado “restringido” por el Estado, lo cual es
claramente constitucional, pues lo que se busca es el bien individual colectivizado.
Sin embargo, si dichos fondos pasan a manos estatales, el particular pierde el
derecho sobre los mismos y, sin tener por ello, una contraprestación; lo cual
convierte esta maniobra financiera, desde el punto de vista del derecho, en una
confiscación. Si vemos el hecho desde su efecto económico, el Estado debe cerca en total $ 15,000
millones de dólares, con un endeudamiento de 56.5% (2014), y esto, sin contar con la deuda previsional, lo cual hace la deuda, virtualmente impagable
por el Estado.
El Presidente del Banco
Central de Reserva, fue el encargado de “maquillar” el endeudamiento público a
inicios del Gobierno de Salvador Sánchez Cerén, explicando que el Estado aún
tenía capacidad de endeudamiento, y de explicar las razones por las cuales la
deuda previsional, no debía de incluirse, era aún sostenible y no representaba
un verdadero endeudamiento. En cierta medida, tenía razón, si se planeaba desde
ese momento, la confiscación de los fondos de pensiones, pues de tal manera, el
Estado no debería nada a las AFP y. con tal maniobra, neutralizaba la deuda contraída,
pero sin tomar en cuenta que las pensiones futuras, tienen que ser absorbidas
por el Fondo General de la Nación, aunque por ahora sean una contingencia.
El actual
desenlace fue previsto por los
economistas, desde el momento de la transformación al sistema de pensiones
actuales, pero sin embargo, fue
imposible de prever el acelerado deterioro de los fondos acumulados por el
IPSFA y del Seguro Social, colocados principalmente, en inmuebles y otras
inversiones, así como el galopante endeudamiento con las AFP. La condición del
IMPEP, si estaba clara, en cuanto que sería el primero que recurriría a la ayuda estatal directa,
para solventar su iliquidez. Esta situación fue agravada por los actos de
corrupción de que han sido objeto y, cuyo único responsable, es el Gobierno
mismo, pues a su instancia, son nombrados sus directores y la mayoría de los
miembros de las Juntas Directivas, dando un papel irrelevante, a los asegurados
y los representantes no gubernamentales.
El debate es hoy en
cuanto a si es constitucional o no, el
establecimiento del nuevo sistema de pensiones, que considera la confiscación
de fondos privados, aunque sea para utilidad pública. La reciente resolución de
la Sala de lo Constitucional, que pretende asegurar una rentabilidad comercial
a los fondos de pensiones, cuando son tomados por el Estado, inducen a pensar que,
a la luz de la interpretación constitucional, tal sistema es claramente
inconstitucional, por la afectación que sufre el particular, sin una verdadera
contraprestación, y por el perjuicio directo a la economía del derechohabiente,
aunque quieran hacer creer que el nuevo sistema “garantiza una vejez digna”.
La otra cuestión, es
ver cómo evolucionará el malestar del derechohabiente, en la medida en que se
hagan públicas las dudosas negociaciones, de las cuales se han lucrado muchos
particulares, pero con relación política en el Gobierno, y a costa del esfuerzo
de los asegurados.
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