La Fiscalía General de
la República, ha emitido órdenes de captura contra los Comandantes Santos Guevara Portillo,
Fernán Fernández Arévalo y, el combatiente Severiano Fuentes, por el delito de
homicidio agravado durante el pasado conflicto armado, y a petición presentada
por un miembro del Colectivo Víctimas del Terrorismo El Salvador. La
reclamación de justicia, es fundamental para la reconstrucción de la memoria
histórica y la paz futura en El Salvador.
Se han presentado tres
avisos a la fiscalía: 1) por el Caso Zona Rosa y Helicóptero derribado en
Lolotique, 2) por el uso, en el conflicto armado, de menores y minas terrestres
ilegales, 3) por el genocidio de Alcaldes y funcionarios públicos. Todos
Crímenes de Guerra y Crímenes de Lesa Humanidad. Los acusados, son quienes
conformaron las distintas comandancias del FMLN.
Es creencia común de que
sólo el Estado puede cometer Crímenes de Guerra y Crímenes de Lesa Humanidad, es erróneo; sí pueden ser cometidos por las
dos partes en conflicto y, más aún, cuando ha habido un reconocimiento
internacional. La insurgencia, lo tuvo, en dos momento particulares: cuando
Francia y México, la reconocieron como beligerante y luego, cuando fue
reconocido por la Naciones Unidas, quedando en paridad las partes - el Estado
de El Salvador y el FMLN-, para luego
fundirse políticamente, en un Estado pactado,
que priorizó el desarme militar y la estructuración democrática.
Esta nueva
estructuración, que obligó a cambios constitucionales y, a la creación de
nuevas instancias que fraccionaron el poder, trajo como consecuencia la
absorción, por parte de ese nuevo
Estado, de las responsabilidades asumidas por ambas partes; ya sea las
cometidas por la antigua estructura del Estado, como por la estructura de la
insurgencia. Esto, en cuanto a la responsabilidad material de los crímenes
cometidos, a la reparación moral y patrimonial de los mismos; bajo la fortaleza
institucional del Estado.
La responsabilidad
penal particular, institucional y social, no tiene finalidad de venganza, sino de justicia,
proyectándose hacia el futuro, para
prevenir que tales hechos se repitan. Y la aplicación de justicia, sobre Crímenes de Guerra y Crímenes
de Lesa Humanidad, cuando ya se ha perdido poder y presencia política, es fácil. Surge el problema, cuando se está
en el poder y se usan los mecanismos legales y de presión política, para evitar
la justicia. Pero existen dos mecanismos jurídicos y uno político al los que se
puede apelar: Jurídico, denuncia y Habeas Corpus y, la moralidad notoria que
exige una candidatura.
En la elección
pasada, el TSE, prohibió que se hiciera alusión a los hechos
de guerra del pasado conflicto armado,
pero un efecto indirecto de la derogatoria de la ley de amnistía, es que, electoralmente, pueden señalarse los hechos relacionados con
Crímenes de Guerra y Crímenes de Lesa Humanidad y además, la falta de moralidad
de quienes hayan cometido tales hechos, para acceder a cargos de elección
pública y en consecuencia, a la protección de un fuero.
Ahora los asesinos
dirán que no es válido señalarlos, pues no ha habido condenados, más ya no hay ley que los ampare, sólo su poder político: la
Fiscalía ya tiene los primeros avisos de sus crímenes y éstos son de dominio
público, pues han hecho apología de sus
actos, en sus propios libros: son su confesión por lo que argumentos
en su favor ya no son válidos.
La justicia será un
hecho, cuando la antigua cúpula del FMLN,
deje el poder y se someta a la justicia moral y jurisdiccional de El Salvador.
La fuerza está en manos del Fiscal General de la República, de los partidos de
oposición y, de la Sociedad Salvadoreña, que pide justicia.
En la guerra el vencedor juzga al vencido. En nuestro caso no hubo vencedores ni vencidos por lo tanto aplica la justicia a solicitud y demanda ciudadana. Veamos si funciona
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