Por
Lic.
Fernán Camilo Álvarez Consuegra
San
Salvador, 23 de julio de 2013.
El
proceso de paz en El Salvador, es un proceso concluido, es libro cerrado con
dos grandes sellos: el primero prescribe
la LEY DE AMNISTÍA GENERAL PARA LA CONSECUCIÓN DE LA PAZ, (Decreto 486 del
20/3/1993), el cual recoge y amplía la LEY DE RECONCILIACIÓN NACIONAL (Decreto
147 del 23/1/1992) y que se dio para que, todo alzado en armas que contase con
una causa abierta por delitos políticos o comunes conexos con políticos,
pudiese entrar libremente al país y para que pudiesen liberarse los que estuviesen en
prisión, por tales delitos. El segundo gran sello de estos acuerdos de paz, fue
para el reconocimiento del FMLN como
partido político, sin que éste grupo guerrillero fuese obligado a presentar los
requisitos que la ley establecía en ese momento para una constitución partidaria.
Le basto para ello, dar cumplimiento al Numeral VI del Capítulo VI de los
Acuerdos de Paz de Chapultepec del 16/1/1992, razón por la cual, se elaboró el Acta N° 1, en la que el FMLN, movimiento guerrillero
se constituyo como partido político, y
eligió su primera Directiva, lo cual se llevo a cabo el 1/9/1992, ante los
oficios del Dr. Fabio Castillo, correspondiendo dicha acta a la Escritura
Matriz N° 28 del libro 15 de su Protocolo.
La
LEY DE AMNISTÍA GENERAL PARA LA CONSECUCIÓN DE LA PAZ, deroga tácitamente, la
LEY DE RECONCILIACIÓN NACIONAL, pues, por razón de su materia (lo tratado), de
la amplitud de lo reglado, del tiempo en que fue emitido, y además de lo
expresado en el considerando II, III y IV de la Ley de Amnistía, que reconoce las imperfecciones de la Ley de
Reconciliación, así como su alcance limitado, por la cual razón, se da la nueva
ley. El criterio aquí expuesto, es sustentado también por Magistrados de Corte, Fiscales y Jueces de
lo Penal, todos de aquella época. Los
delitos únicos, que no fueron amnistiados, fueron el secuestro con fines de
lucro personal y el narcotráfico.
Durante
los últimos años, los sacerdotes Jesuitas de la Universidad Centroamericana José Simeón Cañas
(UCA), han mantenido viva la tesis de que la Ley de Amnistía, es una “ley de
impunidad” que, sólo beneficia a los militares de aquella época y por sobre
todo, al ex Presidente Alfredo Cristiani y, en virtud de tal opinión, han constantemente
promovido o favorecido procesos, iniciados conjuntamente con organizaciones
dedicadas al seguimiento de tales juicios, tal como los de Baltasar Garzón
(desprestigiado y suspendido como abogado por casos de corrupción) y de su
discípula, Almudena Bernabéu, la que propone juzgamientos y manipulación de
procesos judiciales, como si fuesen juego de niños, sin considerar las
implicaciones de los mismos, dentro de la vida de los Estados.
El
pensamiento político de la UCA, pesa mucho, sobre todo, en el Gobierno de
Mauricio Funes, instando a que la Cancillería Salvadoreña, se allanase a la
demanda favorecida por la UCA (aceptase y diese por cierto todo lo propuesto
por el demandante) ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Lo cual
implicó, no sólo un patrocinio infiel por parte de Cancillería, sino además, el
levantar reservas, facultad exclusiva de
la Asamblea Legislativa. Y que resulto
en una condena, para el Estado de El
Salvador, por medio de una Sentencia pronunciada el 25/10/2012, que en sus
aspectos más relevantes, dice que el Estado de El Salvador, debe juzgar a
quienes cometieron dichos hechos, que la
Ley de Amnistía, no deberá ser un
obstáculo para lograr dichos juzgamientos, que debe someterse a la Fuerza Armada, a un proceso de
enseñanza de los Derechos Humanos y, por último, establece una indemnización a
los familiares, la cual asciende a poco mas de $ 33,000,000.00 millones de
dólares, y además, debe darse una especial asistencia a las zonas en donde se
realizaron los hechos.
Nada
de lo prescrito por la Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos,
se ha cumplido, como no sea el pago de
los abogados que intervinieron en el
proceso. Y no es que no exista capacidad del Estado salvadoreño para cumplirla.
Este fallo solo pudo darse por el favorecimiento de Funes, que lo propició para dar satisfacción a la UCA y, que por la
misma razón, se presento en el Mozote, pidiendo
perdón al ejemplo de Tony Blair, Chirac y Bill Clinton, que pidieron perdón públicamente, por actos de sus países en la lejana historia,
para capitalizar réditos políticos personales y actuales. La falta de interés
político en los sucesos amparados por la Ley de Amnistía, los podemos apreciar
en las personas que intervinieron directa o indirectamente en los Acuerdos de
Paz.
Desde
el ex Presidente Cristiani y su Gabinete,
hasta las antiguas cúpulas militares, son hoy actores irrelevantes en la
política. No sucede lo mismo, con los miembros del FMLN, así tomaremos como referencia a las personas
cuyos nombres aparecen en el Acta N° 1 del FMLN y tienen en la actualidad, peso político. Veamos primero la lista de los
fundadores del FMLN como partido político: Salvador Sánchez Cerén (hoy Vicepresidente
de la República y candidato Presidencial), Joaquín Villalobos Huezo, Francisco
Alberto Jovel Urquilla (Comandante Roberto Roca) y Eugenio Chicas Martínez
(actual Presidente del Tribual Supremo Electoral), y Norma Fidelia Guevara de
Ramiroz siguen teniendo relevancia actual; y
lo mismo sucede con los miembros de la primera Directiva del FMLN:
Salvador Ricardo Samayoa Leiva (el Pollo Samayoa), Ana Guadalupe Martínez
Menéndez, José Dagoberto Gutiérrez Linares (hoy disidente del FMLN y máximo
lides de su movimiento), María Marta Concepción Valladares Mendoza, Justo
Roberto Cañas López, Facundo Guardado Guardado (hoy analista político), Juan
Ramón Guzmán Medrano (analista político).
Destacan como colaboradores de la misma: Medardo González, Benito
Antonio Lara, Santiago Flores Alfaro, Leoncio Pichinte, Luis Alberto Corvera
Rivas encargado del FMLN para el Departamento de Santa Ana) y muchos otros, los
cuales actúan todos activamente en la
política salvadoreña, como altos funcionarios, miembros de la dirigencia del FMLN, miembros de las empresas ALBA,
analistas políticos y diputados. Pues todos ellos veríanse gravemente afectados por la
derogatoria de la LEY DE AMNISTÍA GENERAL PARA LA CONSECUCIÓN DE LA PAZ, que
ampara hoy sus actividades políticas.
La
tesis de la UCA y de los abogados que querellan internacionalmente, es que los
actos realizados, por los miembros del FMLN, durante el conflicto armado, “fueron
lícitos”, y por esta razón, al derogarse la Ley de Amnistía, sólo debería juzgarse a los militares y funcionarios del
primer Gobierno de ARENA, a pesar de que es fácil leer el detalle de las Acciones
de Guerra del FMLN (páginas del blog de PUBLICACIÓN ACCIÓN) que podrían
considerarse como ilícitas y no acordes a los Protocolos de Ginebra: muerte a sus
militantes por considerárseles “espías” y como una necesidad de “contrainteligencia”,
asesinatos selectivos de Alcaldes y otros funcionarios, destrucción de
infraestructuras indispensables a la vida nacional (puentes, torres, edificios
públicos y privados), ataques indiscriminados a la población civil para “su
sensibilización a la guerra”, asesinatos de Marines en la Zona Roza o dar un
tiro en la cabeza a un piloto de un helicóptero norteamericano derribado “para
que evitar su sufrimiento”. Creo que habría varias organizaciones, interesadas
en procesar a los hechores de tales crímenes “lícitos”, imposibles de justificarlos
a la luz del Derecho y más aún, de nominarlos “actos necesarios para lograr la
paz y la justicia salvadoreña”, pero que todos están amparados por la ley de amnistía.
Aún
hoy, podemos leer la carta pública intitulada “Carta a quien asesino a mi padre”,
escrita por Carlos Antonio Herrera Rebollo y fechada el 23/5/2013, quien
recuerda con dolor los últimos momentos que vio con vida a su padre, antes de
ser asesinado por miembros del FMLN. También hemos leído las cartas de reclamo
público hechos por los hijos de Roque Dalton, asesinado por “un arrebato de
juventud” como cuenta uno de sus asesinos, firmante como fundador del FMLN y ya
no digamos las súplicas del hijo del ex Embajador de Sudáfrica, reclamando los
restos de su padre, asesinado por el FMLN, para obtener un rescate y beneficios
políticos para su causa guerrillera.
El
interés reiteradamente manifestado de derogar la LEY DE AMNISTÍA GENERAL PARA
LA CONSECUCIÓN DE LA PAZ, tiene dos motivos: el primero para favorecer
monetariamente, a las entidades que se dedican por toda Latinoamérica, a promover
estos procesos, y, segundo, buscar un cambio generacional del FMLN, lo cual permitiese el ejercicio político de
nuevas figuras “limpias y frescas” sustituyendo a las figuras antiguas del FMLN guerrillero. Sin
embargo, si estas, las antiguas figuras se mantienen y tienen peso político, este será usado,
seguramente, para evitar la derogatoria de dicha Ley, no por la “impunidad”,
sino porque esa fue una de las condiciones para la fundación de un nuevo
Estado, a partir de los Acuerdos de Chapultepec, y lo cual, seguramente, valorara en llegando el momento,
la Sala de lo Constitucional, aunque sobre ésta, pese por su formación, el pensamiento
político jesuítico y la doctrina jurídica española.
“El
pensar es nuestra dignidad” Alexis de Tocqueville
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