Por
Lic. Fernán Camilo
Álvarez Consuegra
Editor de PUBLICACIÓN
ACCIÓN
http://publicacionaccion.blogspot.com
San Salvador, 5 de
noviembre del 2015.
Sobre la notificación, en la que se fijan seis meses para mostrar
los títulos de propiedad y cancelar los impuestos municipales, en el cementerio
Santa Isabel, de Santa Ana, no obstante si el título es a perpetuidad o temporal, he
recibido, del encargado de dicho proyecto, el Dr. Rafael Enrique Guerra Alarcón, vía Facebook,
la respuesta siguiente:
“MUCHAS GRACIAS POR
APOYAR AL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA ANA EN EL MEJORAMIENTO DEL CEMENTERIO
SANTA ISABEL. GRACIAS AL LICDO. Fernán Fernán Camilo Álvarez Consuegra, por
permitirme dar explicaciones jurídicas: LEY GENERAL DE CEMENTERIOS: ART. 15.
"En todo cementerio el servicio de sepultura se prestará en puestos a
PERPETUIDAD Y TEMPORALES, estos últimos no podrán ser menores de un período de
siete años prorrogables". ART. 36. "Cuando las personas interesadas
no pagaren los derechos de prorroga a los puestos de fosa de CUALQUIER
CATEGORIA, conforme a lo dispuesto en el Art. 15, podrá EXHUMARSE LOS CADAVERES
ENTERRADOS EN ELLOS, previa autorización de dirección general de salud; lo mismo
se observará cuando después de HABERSE PAGADO los derechos de prórroga, el
interesado quisiere que se exhumase un cadáver..........." ES DECIR QUE EL
CONCEPTO DE PERPETUIDAD no exime del pago y si no paga, se puede exhumar. HAY
MAS ARGUMENTOS JURIDICOS.”
En razón de dicha
aclaración, me permito recordarle al Dr. Guerra, que los restos mortales, no
son considerados legalmente, como personas, pero en ellos (los restos) se refleja el honor del
individuo, que en vida fue persona; en
consecuencia, considerarlos como objeto
de desecho, por falta de pago, mancilla la dignidad humana, razón por la cual,
para evitar tal ignominia, se ha considerado el principio de perpetuidad, en
los puestos del cementerio, en los cuales, una vez pagada la “fabrica” (la
construcción del nicho) a la Municipalidad, se consideran los dichos restos
humanos, imperturbables e inamovibles,
salvo la voluntad de los deudos, a diferencia de los puestos denominados
temporales.
Es de considerar que al
determinar los alcances del Art. 1 de la
Constitución, según el cual, el objeto y fin del Estado, es la persona humana y, que la acción del
Estado, en favor del individuo, no termina con su muerte, se extiende a un
ámbito muy especial, el de la “memoria histórica” o “del honor”, según fuese la
concepción ideológica que se tenga, pero en tal sentido, hay plenas
coincidencias.
No niego, el derecho de
la Municipalidad a cobrar impuestos, tasas o contribuciones especiales, dirigidas
contra los titulares de los puestos, o sus descendientes, pero de ningún modo,
contra del fallecido, pues éste ha perdido la capacidad de defenderse material
y jurídicamente. Razón por la que, ésta defensa recae en la colectividad,
expresada en la Municipalidad misma, en el caso de no existir ya, descendientes
vivos. Recuerdo al Dr. Guerra, que el cementerio Santa Isabel, entró en
funcionamiento en 1896 y que recoge los restos del antiguo cementerio de Santa
Ana, que estaba ubicado precisamente donde hoy es un predio municipal, a un costado
del parque Anita Alvarado.
La belleza del
cementerio, se muestra en sus monumentos funerarios, y precisamente son aquellos son los más antiguos, que datan de la época de
oro de Santa Ana; posiblemente, la cuarta o quinta generación, ya han perdido
sus títulos de propiedad o, están sus descendientes extintos o fuera de Santa Ana, hecho que nos lleva a la
siguiente pregunta: ¿Van a demoler estos monumentos para arrojar los restos?
Como por lógica será así, me imagino que el proyecto es revender los puestos en
dichos lugares, para generar así, más ingresos para la Municipalidad.
El cementerio
municipal, presta un servicio público a difuntos y deudos, difuntos que han vivido, trabajado y
colaborado por el progreso y gloria de Santa Ana y no es justo, que hoy se les
considere un desecho, frente a las necesidades económicas actuales de la
Municipalidad; esta recibe hoy los fondos FODES, para realizar inversiones
municipales, a no ser que consideren que una inversión en el cementerio, es innecesaria, pues no representa réditos electorales.
En cuanto a su
afirmación de que apoyo la gestión municipal presente, aclaro que es todo lo
contrario, pues me parece muy desatinada he indigna la pretensión municipal
sobre dicho cementerio. Lo cual, no debe ser interpretado como una posición
política partidaria contraria a la suya, ni que mi participación pasada como Director de Asuntos Legales y
Electorales del Departamento de Santa Ana, por ARENA, le haga presumir que estoy obligado, por mi
ideología conservadora, a considerar legal, justo y moral, todo lo que disponga
el actual Concejo Municipal; pues antes que nada, me debo a la memoria y veneración de mis ocho generaciones
enterradas en dicho cementerio y que vienen desde el cementerio antiguo, una
situación que es vista igualmente por infinidad de santanecos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario