Por
Lic. Fernán Camilo Álvarez Consuegra
Editor de PUBLICACIÓN ACCION
La Constitución es
el conjunto de reglas básicas de convivencia, que la sociedad se ha impuesto: a
su respeto y obediencia, se desarrolla la legislación secundaria. El cambio de
dichas reglas, conllevaría nueva forma de ver, dentro de la sociedad, al ser
humano y, alteraría su forma de gobierno; todo cambio, significaría nueva concepción
del ser humano y, con ello también, nueva forma de ver la libertad, los bienes
y demás derechos. Sólo si se pretendiese alterar la forma de vida actual, debería
pensarse en un cambio en la Constitución, de lo contrario, sería mediante la
fuerza, un triunfo de la minoría, sobre la mayoría.
La actual
Constitución, considera a la persona humana, centro de toda la actividad del
Estado, protegiendo así, su libertad y la propiedad privada. Sólo en casos
excepcionales, se sujetan los bienes y actividades, al régimen especial de
“utilidad pública”, enfocándolos hacia un fin específico, en la colectividad de
vida nacional, a costa de los derechos del particular. Sin embargo, la
tendencia parece ser ahora, poner la actividad privada, bajo la “utilidad
pública”, para restringirla y controlarla desde el Gobierno. La nueva ley del
deporte, recoge ese espíritu y sigue igual tendencia, la sobrerregulación del
Ejecutivo, durante la pandemia.
El Vicepresidente,
pretende guardar en secreto, el estudio sobre el cambio de la Constitución,
para no “politizarlo”, pero por su importancia, el tema en sí mismo, es
político y, los futuros Diputados deberán saber, a qué decisiones se enfrentarán
en su cargo. El votante, según sean sus intereses particulares, puede decidir
ahora, por quién votará, creándose ya, una tendencia política sobre la reforma
Constitucional; el secretismo y las personas afines al Gobierno, formarán la
comisión convocada por el Vicepresidente, según mandato del Presidente, con
exclusión del sentir, de la mayoría de los ciudadanos.
Pretender reformar
la función y conformación de la Sala de lo Constitucional, es alteración a la
forma de gobierno. Pretender incluir el referéndum, como poder originario del
sistema legislativo, es reformar el sistema de gobierno. Si se pretende
introducir el referéndum revocatorio, se altera la forma del sistema de
gobierno. Si se considera el matrimonio igualitario, la gestación subrogada o,
el reparto proporcional por género, se alteran las garantías constitucionales.
Si se pretende restringir y normar la expresión individual, mediante
limitaciones a recursos judiciales, se alteran la forma de gobierno y las
garantías constitucionales.
Artículo 248 inc. 4 dice: “No podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución
que se refieren a la forma y sistema de gobierno, al territorio de la República
y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República”. Este
artículo defiende la Constitución actual y al sistema político del país.
Si queremos otra
Constitución, para limitar las libertades de que ya gozamos y, cambiar nuestra
forma de gobierno, decretemos otra Constitución. Si no estamos conformes con la
realidad jurídica del país, reformemos la legislación secundaria y, hagamos
realidad los principios constitucionales actuales, mediante la elección de
nuevos funcionarios que sí, los cumplan.
La Constitución de
1983, sirvió de ancla contra el FMLN armado, hasta los Acuerdos de Paz de 1992,
cuando la Constitución se modificó, para llegar a un acuerdo con el FMLN; así,
nuestra actual Constitución, es producto de un pacto, que creó nuevas
instituciones y limitó otras, pero conservó el espíritu de libertad, que hoy
peligra.
Sólo el
salvadoreño, puede velar por el futuro de El Salvador: la indiferencia en las
acciones partidarias, permiten el triunfo de la minoría que, por virtud de la
fuerza, se impone. Por estas razones decisivas, debemos decir NO, a un cambio
constitucional.
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