Publicación Acción

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viernes, 9 de octubre de 2020

NO AL CAMBIO DE CONSTITUCIÓN


Por      

Lic. Fernán Camilo Álvarez Consuegra

Editor de PUBLICACIÓN ACCION 

 

La Constitución es el conjunto de reglas básicas de convivencia, que la sociedad se ha impuesto: a su respeto y obediencia, se desarrolla la legislación secundaria. El cambio de dichas reglas, conllevaría nueva forma de ver, dentro de la sociedad, al ser humano y, alteraría su forma de gobierno; todo cambio, significaría nueva concepción del ser humano y, con ello también, nueva forma de ver la libertad, los bienes y demás derechos. Sólo si se pretendiese alterar la forma de vida actual, debería pensarse en un cambio en la Constitución, de lo contrario, sería mediante la fuerza, un triunfo de la minoría, sobre la mayoría.

 

La actual Constitución, considera a la persona humana, centro de toda la actividad del Estado, protegiendo así, su libertad y la propiedad privada. Sólo en casos excepcionales, se sujetan los bienes y actividades, al régimen especial de “utilidad pública”, enfocándolos hacia un fin específico, en la colectividad de vida nacional, a costa de los derechos del particular. Sin embargo, la tendencia parece ser ahora, poner la actividad privada, bajo la “utilidad pública”, para restringirla y controlarla desde el Gobierno. La nueva ley del deporte, recoge ese espíritu y sigue igual tendencia, la sobrerregulación del Ejecutivo, durante la pandemia.

 

El Vicepresidente, pretende guardar en secreto, el estudio sobre el cambio de la Constitución, para no “politizarlo”, pero por su importancia, el tema en sí mismo, es político y, los futuros Diputados deberán saber, a qué decisiones se enfrentarán en su cargo. El votante, según sean sus intereses particulares, puede decidir ahora, por quién votará, creándose ya, una tendencia política sobre la reforma Constitucional; el secretismo y las personas afines al Gobierno, formarán la comisión convocada por el Vicepresidente, según mandato del Presidente, con exclusión del sentir, de la mayoría de los ciudadanos.

 

Pretender reformar la función y conformación de la Sala de lo Constitucional, es alteración a la forma de gobierno. Pretender incluir el referéndum, como poder originario del sistema legislativo, es reformar el sistema de gobierno. Si se pretende introducir el referéndum revocatorio, se altera la forma del sistema de gobierno. Si se considera el matrimonio igualitario, la gestación subrogada o, el reparto proporcional por género, se alteran las garantías constitucionales. Si se pretende restringir y normar la expresión individual, mediante limitaciones a recursos judiciales, se alteran la forma de gobierno y las garantías constitucionales.

Artículo 248 inc. 4 dice: “No podrán reformarse en ningún caso los artículos de esta Constitución que se refieren a la forma y sistema de gobierno, al territorio de la República y a la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República”. Este artículo defiende la Constitución actual y al sistema político del país.

 

 

Si queremos otra Constitución, para limitar las libertades de que ya gozamos y, cambiar nuestra forma de gobierno, decretemos otra Constitución. Si no estamos conformes con la realidad jurídica del país, reformemos la legislación secundaria y, hagamos realidad los principios constitucionales actuales, mediante la elección de nuevos funcionarios que sí, los cumplan.

 

La Constitución de 1983, sirvió de ancla contra el FMLN armado, hasta los Acuerdos de Paz de 1992, cuando la Constitución se modificó, para llegar a un acuerdo con el FMLN; así, nuestra actual Constitución, es producto de un pacto, que creó nuevas instituciones y limitó otras, pero conservó el espíritu de libertad, que hoy peligra.

 

Sólo el salvadoreño, puede velar por el futuro de El Salvador: la indiferencia en las acciones partidarias, permiten el triunfo de la minoría que, por virtud de la fuerza, se impone. Por estas razones decisivas, debemos decir NO, a un cambio constitucional.

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