Por
Lic. Fernán Camilo Álvarez Consuegra
Editor de PUBLICACIÓN ACCION
La expresión “libre determinación” significa, facultad
de defender muestra voluntad. De dicho concepto, propio del sistema republicano
y democrático, derívase la función social de la Fuerza Armada: eje social y
garante, de la institucionalidad. Esta situación conviene considerarla, ante un
inminente aumento en número, de la Fuerza Armada y, su utilización, en tareas
que le son ajenas, dentro del estado de Derecho.
Función de la Fuerza Armada es la defensa nacional;
iniciase en su vértice, con el espíritu y la intención de sus jefaturas civiles
y militares y, en su base, por la espontánea adición popular, en defensa del
mismo, por la comprensión de las exigencias y de sus problemas, de parte de la
generalidad de los ciudadanos. Logrando así, que la Fuerza Armada sea el pivote
nacional, como expresión última, de la institucionalidad del Estado.
El apego a la institucionalidad, por parte de sus mandos
civiles y militares, cumple dicha función y, el reclutamiento voluntario, funde
a la sociedad con la Fuerza Armada, convirtiendo ésta, en el pivote social.
Pero si sus autoridades favorecen la destrucción de la institucionalidad o son
indiferentes a ella (por acción, omisión o comisión por omisión), hay un
alejamiento de su función social, convirtiéndose en instrumento del Gobierno,
en oposición a la población del Estado: practicase división social, entre
militares y civiles.
Quedando la Fuerza Armada como dominador que ejerce la
coacción y los civiles, como dominados que deben obedecer; si su libre voluntad
actúa, fuera de los parámetros establecidos por el Gobierno (que actúa hoy, fuera
de la institucionalidad) y no, por la conciencia colectiva -que es el Estado-
expresada en el estado de Derecho.
Si el Ministro de Defensa asegura que un militar tiene
preeminencia sobre cualquier civil, es necesario establecer la razón, en función
de la realidad del Estado: la Fuerza Armada, está integrada por los mismos
ciudadanos comunes, salidos de la civilidad. Ningún ciudadano es preeminente por
su capacidad, estudios o cargos políticos: todo ciudadano sirve al Estado, de
conformidad con sus capacidades y, en base al principio de igualdad, merece la
protección del Estado.
Si el Presidente pretende aumentar el número de efectivos
a 40,000, destinándolos a reprimir la
mara, estará la Fuerza Armada ejerciendo funciones policiales y, si el Mismo
Ministro de Defensa, reconoce la infiltración de las maras, dentro de las
distintas levas, existiendo necesidad de depuración constante, es
reconocimiento expreso, del fallo en la selección y la formación de los
reclutas, existiendo riesgo, al aumentar el número de efectivos, sin un destino
claro, sobre la función social y empleo de la Fuerza Armada.
El marero, es fenómeno antropológico, producto del
desacoplamiento educacional dentro de la estructura social del Estado. Los
Acuerdos de Paz, sin una formación social (primero de la familia y luego, del
Estado), permitieron que el “hombre primitivo” actúe en la sociedad,
respondiendo a sus primitivos instintos, sin atender a las normas sociales que
integran al individuo a la sociedad, convirtiéndose en un ente delincuencial,
nocivo a la vida social; que debe ser reprimido por la Seguridad Pública y no,
por la Fuerza Armada, pues es problema delincuencial debiendo responder aquí y,
en el extranjero, cuando requeridos sean por sus crímenes. El problema se agrava,
cuando el Gobierno ha pactado con ellos, por fines políticos.
En la medida que la Fuerza Armada, se aleje de su
función social, se convierte en fuerza mercenaria, al servicio del Gobierno, así
vuelve su existencia, que por su naturaleza es apolítica e institucional, nunca
debería debatirse, como asunto político. Su responsabilidad es hacia la
institucionalidad nacional y no, hacia el gobernante.
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