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domingo, 28 de abril de 2013

LA CORTE DE CUENTAS DE LA REPÚBLCA, CONFLICTO A PUNTO DE DESBORDARSE



Por     
Lic. Fernán Camilo Álvarez Consuegra
Editor de PUBLICACIÓN ACCIÓN  http://publicacionaccion.blogspot.com
San Salvador, 28 de abril de 2013.

El nombramiento de Magistrados a la Corte de Cuentas de la República, es un conflicto que se inicia por que los miembros electos carecen de la necesaria idoneidad. Este conflicto se inició hace ya año y medio; ahora, tras fallida segunda elección, se han agudizado las posiciones de la Asamblea Legislativa y de la Sala de lo Constitucional: es éste,  un conflicto de poder y no, ideológico,  el cual amenaza desbordarse y alcanzar a otras entidades de Gobierno, y hasta de propiciar un debate nacional, sobre las competencias legislativas y judiciales, la cual, seguramente, harán punto de honor los criterios ideológicos, afectando con tal proceder, la institucionalidad del país.

Ningún ciudadano o ciudadana, desea un inútil enfrentamiento de los poderes del Estado, pero, las circunstancias, pueden provocarlo. En este momento, el rostro de la Asamblea Legislativa, descansa en Sigfrido Reyes, su Presidente, pero este conflicto, deteriora su imagen y consecuentemente, la del FMLN. Por otra parte, si ARENA se muestra, públicamente, contraria a la posición generalizada, de la Asamblea Legislativa, tal vez tenga algún rédito político,  pero podría  éste, revertírsele,  pues toda su bancada, dio el apoyo al Magistrado Presidente, Gregorio Sánchez Trejo,  en grado tal,  que la Diputada Claudia Ramírez, hoy independiente, cuestionó internamente, la  candidatura de este magistrado, por su falta de idoneidad y sobre todo, por su filiación a la democracia cristiana: todos sus cargos públicos anteriores fueron por tal filiación y por consiguiente, su elección, implicaba de hecho, dar su voto, no sólo por el candidato del bloque sino también de su principal  contendor: UNIDAD.

En este juego político,  los Magistrados Rovira y Aguilar, al ser señalados por la Sala de lo Constitucional, en relación a su idoneidad como óbice a su elección, muy prudentemente, renunciaron a dicho nombramiento y declinaron entrar en una nueva elección,  para no provocar  un innecesario costo político  a su partido GANA  y  como consecuencia al proyecto político UNIDAD.

La opinión pública esta pendiente de esta elección, pues el excesivo gasto del Estado, en su gestión pública, supera en mucho sus ingresos y,  este hecho, preocupa a quien paga los impuestos: la sociedad, pues será ella; es ella  quien, en definitiva, tendrá que pagar y, un despilfarro de tal magnitud,  tendrá consecuencias generacionales. FUSADES, como fuente del pensamiento de la sociedad civil, elaboró el perfil de quien debe de presidir la Corte de Cuentas de la República.  Dicho perfil esta conforme con la legislación mexicana,  que es sobre tal particular, la más avanzada y realista de Latinoamérica: El funcionario debe  ser técnico, con experiencia dentro de la Corte de Cuentas y, no ser un funcionario comodín de los políticos;  es decir, un individuo, que hoy está en un puesto y, mañana, en otro, de conformidad con los intereses de los partidos políticos o que, su profesión sea “ser funcionario público, sin importar  el cargo a desempeñar”. Es imposible separar de la persona, el derecho de elegir y de ser electo,  por lo que, sólo se exige que su filiación política, sea de bajo perfil y no, como jefatura de una cúpula partidaria.

El perfil técnico, es fundamental en la elección de Magistrados de la CCR, pues es éste al único Magistrado a quien se le exige, por rango constitucional, “idoneidad”.  Este concepto, la Sala de lo Constitucional lo ha aplicado muy convenientemente. Veamos la razón con este ejemplo: al inicio de su gestión, como Presidente de la CCR, el Lic. Sánchez Trejo, pretendió que la institución, bajo su cargo, fuese un ente Contralor del Estado, y no sólo del gasto público, acorde con el Presupuesto General de la Nación, deduciendo, por consiguiente, responsabilidades de omisión a los funcionarios de Medio Ambiente, presentes y a los pasados,  responsabilidad que tendría que rebasar al Ejecutivo y llegar hasta la Asamblea Legislativa, la presente y las pasadas, sin poder determinar,  hasta donde terminaría esta deducción de responsabilidades. La función de la CCR es un ente contralor del gasto público, realizado por un funcionario, conforme su mandato. En nuestro medio, esta función,  carece de un alcance  tal como el que se le pretendió dar. Esta pretensión de deducción de responsabilidades, bien pudo  ser, por ignorancia de las funciones de la CCR, por la pretensión de relevancia y notoriedad o, por adquirir más poder político: eso, sólo lo sabrá, el funcionario antes mencionado.

El ejemplo anterior permite considerar lo que significa el interés partidario,  en la CCR. Desde hace muchos años, esta institución, ha sido un arma política,  por lo cual, el nombramiento de sus Magistrados,  ha constituido una cuota de poder, que se deja a un aliado menor del partido mayoritario y que controle el Ejecutivo. Tiene este proceder dos motivos: el primero, que es una de las instituciones públicas que posee  menor número de empleados, cerca de 800 y que, su gestión puede generar un costo político grande, si se maneja poco convenientemente ante la opinión pública. La CCR es una institución que ha servido para ocultar los manejos de fondos públicos poco transparentes,  los cuales no siempre implica casos de corrupción, sino las necesidades, siempre frecuentes de dinero en el Ejecutivo,  las cuales son obstaculizadas por la oposición, con el propósito de  obtener algún beneficio político electoral. Otra función de la CCR, es ser arma política, pues puede señalar u obstaculizar las candidaturas de los opositores.

Ninguna de las funciones  de la CCR antes descritas van  acordes con su verdadera función constitucional y mucho menos, con lo que espera la sociedad civil, expresada por medio de la opinión pública.  Y esta realidad obliga,  a poner un alto en el camino de ésta institución pública y meditar sobre   lo que exige la gobernabilidad: que la CCR no sea, ni un arma,  ni un camuflaje  de manejos de fondos públicos. Se puede esto lograr   fácilmente, si se nombra como Magistrado Presidente, a una persona cuyo perfil público sea de “independiente”,  y llene los requisitos de idoneidad, expresados por la Sala de lo Constitucional y por FUSADES. En la primera lista  de los entrevistados por la Asamblea Legislativa (setenta personas) para dicho cargo, hay muchas  que satisfacen el perfil deseado y aún se encuentran en la antepenúltima lista de quince personas. En este sentido hay que dejar en claro, que no es posible que una persona no tenga un sentimiento político, el cual se muestre mediante una filiación política o, por lo menos, por una preferencia particular hacia tal, o cual partido. Un ejemplo de esta situación política, es la del Magistrado Bernal, quien, siendo militante del FMLN, no tiene un perfil notorio y no ha traído señalamientos de la sociedad civil, o de la opinión pública en general por tal razón.

El otro factor a considerar, en la CCR es que, desde hace  muchos años, para mantener un mayor poder dentro de la misma, la Asamblea Legislativa dejo de nombrar a los dos Magistrados suplentes, no cumpliendo con el Art. 18 de la Ley de la CCR,  que tienen una función muy particular dentro del funcionamiento de la CCR: evitar ciertos conflictos de interés,  en los que se pueda ver el Magistrado Presidente, que posee funciones administrativas y jurisdiccionales, y hoy es el momento  para el nombramiento de esos dos magistrados y evitar una concentración ilegal de poder.

La presente crisis puede ser superada  por el nombramiento de los Magistrados de la CCR,  de perfil de “independiente” con experiencia en la CCR y no es conveniente una persona que  ya tenga una larga data en otros cargos públicos, o que ya haya desempeñado el cargo de Magistrado de la CCR,  pues, en tal caso no podríamos esperar cambios fundamentales en dicho Órgano del Estado. Así se evitaría la utilización como arma política o de encubrimiento la CCR,  Los nuevos funcionarios deben  presentar alguna solución, acorde con la legislación ya existente, para ponerle fin a los miles de expedientes engavetados en dicha institución,  pues es necesario que todo aquel que haya sido funcionario público y haya finalizado su gestión,  obtenga su finiquito, si sus manejos de los fondos públicos han sido probos.

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