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jueves, 24 de octubre de 2013

¿SON PROPIEDAD DE LA IGLESIA LOS DOCUMENTOS DE TUTELA LEGAL?


Por
Lic. Fernán Camilo Álvarez Consuegra
Editor de PUBLICACIÓN ACCIÓN  http://publicacionaccion.blogspot.com
San Salvador, 24 de agosto de 2013.

Sobre la cuestión: ¿son propiedad de la Iglesia católica los documentos de Tutela Leal?, hacemos y son pertinentes estas reflexiones: estos documentos son los registros  de Tutela Legal, órgano creado por la Iglesia católica para dar, a personas que lo solicitaban, asistencia legal gratuita. Registran, tales documentos, hechos del conflicto armado y la solicitud de asistencia legal, en muchos casos. Siendo estos documentos, resultado de la labor de Tutela Legal, órgano creado y dirigido por la Iglesia católica es de deducción lógica que, solamente la Iglesia católica, puede no sólo guardar dichos documentos, sino disponer de ellos según su deseo y criterio, pues son, absolutamente de su propiedad y puede la Iglesia católica retener y conservar su propiedad, de conformidad al principio de separación Iglesia y Estado: es la Iglesia católica, independiente del poder del Estado.

En cuanto a la propiedad de los documentos de Tutela Legal, débese considerar que la relación de la Iglesia católica en el Estado de El Salvador es dual: el Estado la reconoce como una entidad religiosa y, por acuerdo bilateral, es un Estado con el cual mantiene relaciones diplomáticas. Así, en razón de ser un Estado diferente, los documentos de Tutela Legal son objetos físicos pertenecientes a la Iglesia católica que es institución de un Estado extranjero. Estos documentos pueden ser avalados por el Sr. Arzobispo o por el Administrador de la Diócesis pero, finalmente por el Nuncio Apostólico, en El Salvador y quien ha sido así reconocido ante la Cancillería Salvadoreña.

En consecuencia de lo explicado, el requerimiento fiscal de resguardo de documentos, es una intromisión del Estado Salvadoreño en la función de la Iglesia católica y, se coloca en posición muy cuestionable ante quien, legalmente, posee documentos privados y cada expediente de Tutela Legal, es un ente individual y no se puede incautar la colectividad del mismo.

Débese considerar también que los registros de Tutela Leal, testimonian parte del conflicto armado: las denuncias de quienes, confiando en la Iglesia católica, relataron sus vivencias durante el conflicto y solicitaran, en muchos casos, asistencia legal gratuita. Por esta solicitud, la mayoría de los casos fueron judicializados por lo que, seguramente, existen o deben de existir los mismos documentos en el Órgano Judicial. En nuestro sistema judicial, los documentos de Tutela Leal carecen de validez debido a que son, por naturaleza documentos privados que sirvieron, en un momento dado, para iniciar un proceso judicial.

Para ilustrar la naturaleza de estos documentos de Tutela Legal, podemos citar un caso: “denuncia por captura injustificada”, diligenciado el caso ante la Sala de lo Constitucional mediante el Habeas Corpus respectivo, el  juez ejecutor, encuentra el expediente del reo en un tribunal de jurisdicción militar o de lo penal, dependiendo de la época; había sido detenido el sujeto acusado, por la voladura de una torre eléctrica, de un poste o de una caja de red telefónica y, la persona denunciante ante Tutela Legal resultaba ser el responsable de las acciones de la célula terrorista a la cual pertenecía. Esta es sólo una visión parcial de los hechos y sólo debe ser tomada como una referencia, para recopilar datos judicializados,  que si tienen plena fe legal en nuestra legislación.

Aparte de la validez legal de los documentos de Tutela Legal, hay en realidad, otra cuestión de mucho más fondo: el papel que se desea juegue la Iglesia católica en las cuestiones políticas internas del país y que son a criterio del Estado. Es fundamental considerar esta cuestión ante los requerimientos de grupos interesados en la preservación de las íntimas raíces del conflicto y las pretensiones de la administración pública. Pero a estos intereses y a estas pretensiones, reciben clara respuesta el hacerles saber que la Iglesia católica, no está sujeta a las autoridades del Estado salvadoreño, tal como en esta explicación ha quedado demostrado.


La Iglesia Católica salvadoreña posee documentos que puede guardar o destruir a voluntad, pues su ministerio es independiente, de la voluntad de los gobernantes salvadoreños. Por otra parte, la propuesta de dar la categoría de documentos históricos a los que hoy se encuentran en Tutela Legal, es un intento de alterar la naturaleza de dichos documentos, dándoles una validez legal que no la tienen y en dicho acto, manipular políticamente a la Iglesia católica. La justificación del Fiscal General de la República, de que necesita tales documentos para una investigación vigente, es válida, siempre que sea dirigida hacia tal o cual sentido, pero no en un sentido general  y difuso, sobre lo que la ley de amnistía ya amparó y que la ley común ya prescribió. Una investigación amplia y difusa, no esta bajo la potestad de la Fiscalía General de la República, y ni mucho menos, el intento de incautar tales documentos de naturaleza privada y confidencial, amparado por el secreto profesional.

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