Por
Lic. Fernán Camilo
Álvarez Consuegra
San Salvador, 24 de
agosto de 2013.
Sobre la cuestión: ¿son
propiedad de la Iglesia católica los documentos de Tutela Leal?, hacemos y son
pertinentes estas reflexiones: estos documentos son los registros de Tutela Legal, órgano creado por la Iglesia
católica para dar, a personas que lo solicitaban, asistencia legal gratuita.
Registran, tales documentos, hechos del conflicto armado y la solicitud de asistencia
legal, en muchos casos. Siendo estos documentos, resultado de la labor de
Tutela Legal, órgano creado y dirigido por la Iglesia católica es de deducción
lógica que, solamente la Iglesia católica, puede no sólo guardar dichos
documentos, sino disponer de ellos según su deseo y criterio, pues son, absolutamente
de su propiedad y puede la Iglesia católica retener y conservar su propiedad,
de conformidad al principio de separación Iglesia y Estado: es la Iglesia
católica, independiente del poder del Estado.
En cuanto a la
propiedad de los documentos de Tutela Legal, débese considerar que la relación
de la Iglesia católica en el Estado de El Salvador es dual: el Estado la
reconoce como una entidad religiosa y, por acuerdo bilateral, es un Estado con
el cual mantiene relaciones diplomáticas. Así, en razón de ser un Estado
diferente, los documentos de Tutela Legal son objetos físicos pertenecientes a
la Iglesia católica que es institución de un Estado extranjero. Estos
documentos pueden ser avalados por el Sr. Arzobispo o por el Administrador de
la Diócesis pero, finalmente por el Nuncio Apostólico, en El Salvador y quien
ha sido así reconocido ante la Cancillería Salvadoreña.
En consecuencia de lo
explicado, el requerimiento fiscal de resguardo de documentos, es una
intromisión del Estado Salvadoreño en la función de la Iglesia católica y, se
coloca en posición muy cuestionable ante quien, legalmente, posee documentos
privados y cada expediente de Tutela Legal, es un ente individual y no se puede
incautar la colectividad del mismo.
Débese considerar
también que los registros de Tutela Leal, testimonian parte del conflicto
armado: las denuncias de quienes, confiando en la Iglesia católica, relataron
sus vivencias durante el conflicto y solicitaran, en muchos casos, asistencia
legal gratuita. Por esta solicitud, la mayoría de los casos fueron
judicializados por lo que, seguramente, existen o deben de existir los mismos
documentos en el Órgano Judicial. En nuestro sistema judicial, los documentos
de Tutela Leal carecen de validez debido a que son, por naturaleza documentos
privados que sirvieron, en un momento dado, para iniciar un proceso judicial.
Para ilustrar la
naturaleza de estos documentos de Tutela Legal, podemos citar un caso: “denuncia
por captura injustificada”, diligenciado el caso ante la Sala de lo
Constitucional mediante el Habeas Corpus respectivo, el juez ejecutor, encuentra el expediente del
reo en un tribunal de jurisdicción militar o de lo penal, dependiendo de la
época; había sido detenido el sujeto acusado, por la voladura de una torre eléctrica,
de un poste o de una caja de red telefónica y, la persona denunciante ante
Tutela Legal resultaba ser el responsable de las acciones de la célula
terrorista a la cual pertenecía. Esta es sólo una visión parcial de los hechos
y sólo debe ser tomada como una referencia, para recopilar datos
judicializados, que si tienen plena fe
legal en nuestra legislación.
Aparte de la validez
legal de los documentos de Tutela Legal, hay en realidad, otra cuestión de
mucho más fondo: el papel que se desea juegue la Iglesia católica en las cuestiones
políticas internas del país y que son a criterio del Estado. Es fundamental
considerar esta cuestión ante los requerimientos de grupos interesados en la
preservación de las íntimas raíces del conflicto y las pretensiones de la administración
pública. Pero a estos intereses y a estas pretensiones, reciben clara respuesta
el hacerles saber que la Iglesia católica, no está sujeta a las autoridades del
Estado salvadoreño, tal como en esta explicación ha quedado demostrado.
La Iglesia Católica salvadoreña
posee documentos que puede guardar o destruir a voluntad, pues su ministerio es
independiente, de la voluntad de los gobernantes salvadoreños. Por otra parte,
la propuesta de dar la categoría de documentos históricos a los que hoy se
encuentran en Tutela Legal, es un intento de alterar la naturaleza de dichos
documentos, dándoles una validez legal que no la tienen y en dicho acto,
manipular políticamente a la Iglesia católica. La justificación del Fiscal
General de la República, de que necesita tales documentos para una
investigación vigente, es válida, siempre que sea dirigida hacia tal o cual
sentido, pero no en un sentido general y
difuso, sobre lo que la ley de amnistía ya amparó y que la ley común ya
prescribió. Una investigación amplia y difusa, no esta bajo la potestad de la
Fiscalía General de la República, y ni mucho menos, el intento de incautar
tales documentos de naturaleza privada y confidencial, amparado por el secreto profesional.
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