Publicación Acción

Es necesario expresar libremente el pensamiento político para el fortalecimiento de nuestro sistema democratico, republicano y representativo.



lunes, 12 de julio de 2010

Publicación Acción Nº 1

PUBLICACIÓN ACCIÓN Nº 1
SAN SALVADOR, 12 DE JULIO DE 2009


EDITORIAL Pág. 1


COLUMNAS

1) ACTUALIDAD: Tocados por la delincuencia. Pág. 2

2) CÁTEDRA: La lectura de la Biblia en las escuelas. Pág. 4

3) ECONOMIA: FITCH califica el Riesgo País. Pág.7

4) DEMOCRACIA: La remoción de un Presidente. (Caso de Manuel Zelaya) Pág.8



EDITORIAL

En este primer número de ACCIÓN explicamos brevemente el propósito de esta publicación. El cual lo sugirió en gran parte, la observación de la actuación política de la población salvadoreña, es decir, de cómo ésta, resuelve y actúa positiva o negativamente, con respecto a cuantos se refiere a la vida política del Estado.

Creemos es muy necesario para nuestra sociedad democrática, reflexionar sobre todas las actuaciones en las cuales el pueblo salvadoreño debe decidir cómo actuar, aprobando o desaprobando la actividad de sus gobernantes, pues el quehacer soberano no se limita al ejercicio del voto: es permanente y constante, manifestándose en opiniones individuales o colectivas, según la variedad de intereses.

Más ¿CÓMO PUEDE FORMARSE JUICIO? ¿EN CUALES CONOCIMIENTOS BASARÁ SUS DECICIONES? Buen juicio y acertada decisión, sólo los podrá obtener de la información imparcial, desapasionada, apegada a los principios ideológicos y ajenos a todo interés partidista, el que algunas veces, no es precisamente el que convienen a la población.

El derecho a la información nacional está implícito en los DERECHOS POLÍTICOS DEL CIUDADANO. Dos de estos derechos son la libre información y la libre expresión, ambos de conformidad con la ley.

Ahora bien, para satisfacer convenientemente el primero de estos derechos, es necesario y oportuno contar con una publicación ajena a los partidos políticos, la cual atenderá más al aspecto doctrinario que a intereses prácticos inmediatos.

Y en razón de este propósito hemos diseñado el contenido de ACCIÓN.

Esperamos, si despierta interés, ampliarlo con la columna FORO, y otras que sugiera la vida política nacional. Además, aspiramos a dar espacio a todo ciudadano que desee expresar su opinión sobre los diversos temas publicados u otros que él escoja, ya sea en la publicación o en el blog que se abrirá próximamente. Todo siempre enmarcado dentro del espíritu de la Ley de Imprenta, sin mas limitaciones que las que impone el Título VI de los Delitos Relativos al Honor y la Intimidad, establecidos en nuestro Código Penal y el Artículo 6 de la Constitución de la República.

Lic. Fernán Camilo Álvarez Consuegra



ACTUALIDAD: Tocados por la mano de la delincuencia.

Es más que alarmante ver que en el año 2009 fueron asesinados 4,365 personas, y no conviene verlo como una simple estadística sobre la que se puede teorizar. Lo que no se menciona en los medios de comunicación, es que junto a tal número de muertes debe de haber mayor cantidad de lesionados y mas aún, los que son victimas de delitos patrimoniales.

En la publicación ECA Nº 588, de octubre de 1997, se presenta un estudio Multicéntrico ACTIVA, patrocinado por la OPS, y llevado a cabo por el IUDOP, intitulado “Magnitud de la violencia en El Salvador”, presentado por José Miguel Cruz y Luis Armando González, nos muestra un cuadro muy alarmante de la situación delincuencial los años 1995 y 1996. Aunque el enfoque de la investigación es de violencia social, y se sugiere en otro informe titulado “La desmilitarización de la economía. El caso de El Salvador”, de Knut Walter, de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), fechado en octubre de 2002, dice que la sociedad salvadoreña, aún sigue militarizada y es necesario cambiar dicho estatus por que es hecho generador de los altos índices de criminalidad. Los hechos generadores, son en última instancia, las estructuras sociales que conforman el Estado Salvadoreño

Aunque no comparto las conclusiones de dichos estudios, sí les doy pleno valor por los datos presentados, los cuales están sustentados en investigaciones reales y convenientemente ejecutadas.

Es el caso que la violencia se entiende como un comportamiento deliberado, que provoca o puede provocar daños físicos o psicológicos a otros seres y se asocia con la agresión física, pero puede ser s psicológica o emocional, a través de amenazas u ofensas. La violencia es el medio que persigue un fin fuera de razón y justicia. Las causas generadoras de la violencia argumentadas en los dos informes antes relacionados, siguen la corriente de pensamiento de Johan Geltum y Adam Curle, quienes distinguen desde el punto de vista de la sociología, seis tipos de violencia: directa, estructural, cultural, emocional, juvenil y de género.

Conciben la violencia estructural como serie de actos violentos, en los que no hay una persona concreta que haya efectuado la acción, o sea, que la persona no actúa exclusivamente por su propia voluntad, sino que es el entorno que le rodea y que influye en ella, la que le impele a cometer actos de violencia. La primera forma de violencia estructural es interna, de la personalidad propia del individuo, o sea la naturaleza genética y psicológica del mismo. La segunda forma de violencia estructural, proviene de la propia malla o tejido social, o sea la presión que sufre del entorno. El origen de este tipo de violencia, según la tendencia sociológica es la política y también la económia, o sea causada por la represión y explotación social. El hambre, miseria, enfermedad o incluso la muerte, son ejemplos de violencia social cuando el Estado no satisface las necesidades básicas a su población.

Esta es una apreciación política, y no tiene mas utilidad que teorizar sobre el deber ser de un Estado y de una sociedad ideal, en donde debe suprimirse la tenencia de armas, el consumo de alcohol y de drogas ilícitas o sustentar la necesidad de cambios revolucionarios para hacer desaparecer el hambre, la pobreza y todas las iniquidades sociales.

Si en el último censo poblacional del 2007 se determinó que somos 5,744,113 habitantes, podemos proyectar que a esta fecha, somos cerca de 6,000,000 de habitantes. Tenemos 72.75 muertes por cada 100,000 habitantes. Si consideramos que el índice de muertes para los años de 1999-2000 fue de 60 por cada 100,000 habitantes, ha habido un incremento lento pero inexorable, lo cual nos hace preguntar con alarma ¿que pasará a corto plazo? Pues si se ha determinado por estudios del BID, que se consume el 13% del PIB en actividades relacionadas con la violencia, y además, hoy, el Ejecutivo propone un pacto fiscal para acrecentar los impuestos, con el fin de enfrentar la violencia con mayores recursos, es imperativo darle a este problema un enfoque de investigación realista y práctico.

Una luz para abordar la verdadera naturaleza del problema, y pon ende, posibles soluciones, puede surgir del análisis de los informes presentados por la Fiscalía General de la República, en su página web, y los últimos estudios presentados por FUSADES sobre este tema.

Veamos, en estos primeros siete meses del año, la Fiscalía ha presentado quinientos veintidós informes, en los que da a conocer al público, todas sus actividades. De éstos, sólo trece, son de sucesos internos, como la juramentación de nuevos fiscales auxiliares y capacitaciones a su personal; sin embargo, destacan tres informes: dos de ellos, se refieren a ponencias presentadas por el Sr. Fiscal General de la República, Lic. Romeo Barahona, a juristas canadienses, explicando el fenómeno de las pandillas y, el tercero, es el ofrecimiento, mediante convenio, de capacitación por parte de abogados extranjeros, a nuestros fiscales. También encontramos trece artículos que se refieren a crímenes estrictamente comunes, doce de ellos, sobre delitos sexuales y uno, por hurto, en un centro educativo. Y los otros quinientos dos informes, son sobre crímenes de pandillas o relacionados con estas y tráfico de drogas; o sea sobre crimen organizado, el cual es una estructura que vive y se alimenta de los actos ilícitos. Esta última realidad, presenta dos variantes: el ciudadano común que no acepta las pretensiones del delincuente, o delincuentes en ajustes de cuentas, tienen un mismo desenlace: la muerte.

Por otra parte, FUSADES presenta estudios que revelan que de cada diez adolecentes estudiados, se podía determinar sus actividades, y en consecuencia el origen de su sustento. ¿Y el de los otros cuatro?... Sólo se puede inferir la acción ilícita. Y la otra pregunta que se puede formular es: ¿son éstas acciones aisladas para asegurar su supervivencia o se relacionan con alguna organización delictiva?

La situación en que la sociedad salvadoreña toda ha sido tocada por el crimen organizado, no es desconocida por las autoridades policiales; ya pocos meses antes de ser removido de su cargo como Director de la PNC, el Lic. Mauricio Sandoval (1999-2003), manifestó, que de no contenerse a las Maras en ese momento, llegaría la ocasión en que se tendría que negociar con ellas para asegurar la existencia del Estado. Esta situación ya se presentó, pues a finales del año recién pasado, las Maras lanzaron al Estado, una oferta de negociación, argumentando que en toda discusión sobre el tema delincuencial tenia que incluírseles, porque eran ellos los responsables de más del 25% de las muertes ocurridos en este país, y podían evitarlas, si la policía no los perseguía y se les entregaba el control de las escuelas.

Ahora bien, en informes del Departamento de Estado, se señala a El Salvador como una vía de transporte de drogas, y que una parte de esta droga se queda en el país como pago por dicho transporte. Los alijos cada vez mayores incautados por la policía reflejan un tráfico mayor, y en consecuencia, una presencia mayor del narcotráfico. En efecto, basta con leer en nuestros rotativos los amplios reportajes sobre el narcotráfico en nuestro país, y afirmando que muchos ciudadanos por temor, ocultan información que poseen, sobre la existencia de amplias zonas que bajo la apariencia de tranquilidad, sufren el dominio de los capos de la droga.

Un agente investigador, con su experiencia cotidiana, afirma que el 95% de los homicidios tienen por causa las luchas del crimen organizado por el control territorial, pero debemos de incluir, dentro de este porcentaje, al los asesinados del sector transporte. El otro 5% tiene como causas otros tipos de violencia. Esta reflexión, es perfectamente coincidente con los otros indicios ya expuestos.

Ahora bien, puede ser políticamente inconveniente, o no estar conforme con los lineamientos propios de las tendencias garantistas en boga, pero es una realidad que no podemos soslayar y se hace necesario que nuestro gobierno (entiéndase: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Ministerio Público y los otros órganos), y la población en general, deben estudiar exhaustivamente este problema bajo la luz del conocimiento del crimen organizado como el generador principal de la violencia, y encontrar las soluciones que lo restringirían. Y dicho estudio debe hacerse sin más consideraciones que la realidad en la que vivimos, y no bajo conceptos doctrinarios que en resumidas cuentas permiten la impunidad, que el Derecho pretende evitar.



CÁTEDRA: La lectura de la Biblia en las escuelas.

Con dispensa de trámites y con el apoyo de 43 votos, fue aprobado en la Asamblea Legislativa el Decreto Nº 411, el cual ya fue enviado al Presidente de La República para su sanción.

Un extracto del Decreto dice: “instituye la lectura de pasajes de la Biblia de forma diaria y sistemática en todos los centros educativos del país, hasta por siete minutos, previo el inicio de actividades académicas de la jornada matutina, vespertina o nocturna, sin entrar a ningún comentario religioso, sectario ni denominaciones”. En el Art. 2 del mismo decreto, se ordena al Ministerio de Educación establecer el procedimiento “para hacer la selección adecuada de las lecturas”.

La lectura de un texto por la persona que lo considera sagrado, es en sí, un acto religioso. El Art. 25 de nuestra Constitución permite la libertad de culto, y aunque, el decreto pretende esquivar una inconstitucionalidad, permitiendo que sean los padres de familia los que decidan si sus hijos participan o no en la lectura, sí es el Estado quien la promueve, y si se imparte en las escuelas públicas, crearía una desigualdad. Porque quien acepte la disposición, gozará de mayor tiempo en la atención de los servicios públicos, que quien no la acepte; relegando a este o estos, de una actividad escolar, por que no se establece alguna actividad alternativa. Lo que volvería inconstitucional el Decreto, por violación al Art. 3 de nuestra Constitución.

La separación de Iglesia y Estado, es una evolución histórica del Derecho Constitucional, y característica esencial del Estado Moderno, en el cual el Estado debe atender exclusivamente a las necesidades temporales del individuo; es decir, su interés material y psicológico. Consagra como una garantía constitucional la libertad de culto, o sea que el Estado, en ninguna circunstancia puede interferir en el culto que el individuo practica. Puede algunas veces, la práctica pública de los ritos, crear alarma social, alterando el orden público, haciendo necesaria la acción del Estado, en interés de la paz y del bien público. Jamás el Estado puede ni debe influir en el pensamiento interno del individuo. Y de esto se infiere que el Estado sólo tiene en cuanto a religión se refiere, facultades negativas, pero nunca positivas. Este concepto se basa en el principio de libertad de conciencia, la que es una conquista frente al poder del Estado.

La separación de estas dos instituciones, Iglesia y Estado, en nuestro país ha sido asunto zanjado ya desde 1859, con la promulgación de nuestro Código Civil vigente, y lapidado por la Constitución de 1886. Situación que se ha mantenido constitucionalmente invariable hasta nuestros días.

Al seleccionar el Estado, por medio del Ministerio de Educación juntamente con lideres religiosos, los pasajes de la Biblia que serán leídos, aunque no se trate de una lectura dirigida, el estudiante hará una interpretación propia del pasaje, y naturalmente, según su fuero interno; de lo cual se deduce que el Estado siempre estaría infiriendo en el pensamiento religioso de la persona, pues seria el criterio del funcionario público junto con el de los lideres religiosos, los que marcarían la pauta de la lectura, fundiendo en un solo acto administrativo religión y Estado.

La lectura de los pasajes bíblicos sin más interpretación que la de la propia conciencia, es un principio propuesto y defendido por Martín Lutero, y que en el tiempo ha sido origen y sustento de las guerras intestinas más largas y crueles de la historia del cristianismo.

La conformación de una comisión del Ministerio de Educación con líderes religiosos presenta varios problemas. El primero de ellos, es que sus acuerdos tienen el imperativo soberano del Estado, lo que vuelve la opinión de los líderes religiosos parte de los actos de gobierno, ya no por su saber o ascendiente moral, sino por el imperio, producto de su asociación legal con el Estado. El segundo problema es: ¿Quienes conformarán esta comisión? Por precepto constitucional, la Iglesia Católica está de derecho incluida, así como todas aquellas Iglesias cuya personería jurídica esté debidamente inscrita a la fecha. En este punto se derivarán dos apéndices: el uno es referente a las convicciones religiosas, porque no todas usan la Biblia (entendiendo las distintas traducciones y compilaciones derivadas del Concilio de Nicea), como ejemplo tenemos El Libro del Mormón, a la que los seguidores de Joseph Smith y la Iglesia de los Santos de del Último Día, llaman Biblia, o la Tora que es el Libro de la Ley para los judíos, raíz del cristianismo. El otro apéndice a considerar, es: ¿están excluidos de participar todas las creencias religiosas que no usan la Biblia como guía espiritual, pero sí tienen líderes religiosos en este país, como son los musulmanes, budistas y krisnas? Si decimos que sí, aunque les llamemos minoría, estaremos claramente tomando partido por una modalidad religiosa, lo cual es claramente inconstitucional.

La separación de Iglesia y Estado, quedó claramente definida en 1859, con la promulgación de nuestro Código Civil vigente, y lapidado con la Constitución de 1886.

Si profundizamos en los motivos para la aprobación de este decreto, vemos que es producto de la desesperación creada por la criminalidad en el país, ante la impotencia de nuestros funcionarios para controlarla.

Cito las declaraciones del Diputado Antonio Armendáriz, en publicación electrónica de naturaleza religiosa, fechada el 17 de febrero del corriente año, en las que dijo “Se está hablando con los partidos de derecha y tenemos los votos necesarios; lo que los ha cambiado esta vez es el Señor y la situación que tenemos ahora, porque está visto que el único que puede cambiar es Jesús y que ni con leyes ni con cárceles se puede componer la situación»

En un rotativo, el Diputado Rodolfo Parker, refiriéndose al tiempo de 7 minutos que debían ser destinados a la lectura Bíblica, dice que tiene su fundamento en el número 7 que es cabalístico. Esto de cabalístico exige aclarar qué es la Cábala: Interpretación judía esotérica de la simbología de la Biblia, y es dada a los iniciados en conocimiento oculto o reservado.

Haciendo a un lado todas las consideraciones de orden constitucional, de ser sancionado este decreto, se corre el serio peligro de dividir aún mas a la sociedad salvadoreña, en una lucha religiosa, la cual ya se está manifestando en las acaloradas declaraciones de los lideres religiosos. Y su discusión ya se puede leer no sólo en las publicaciones centroamericanas, sino también en algunas de México y España.

La disminución o extinción de la delincuencia, la cual es el fin de este decreto, es imposible, pues los futuros delincuentes no están en las escuelas, sino fuera de ellas, y los que ya lo son, no van a convertirse por la simple lectura de unos pasajes bíblicos que ellos interpretarán.

Tenemos que convenir, que si a disposiciones educativas deben de adoptarse, seria de mayor utilidad la implantación de la moral y el civismo, y el recitar la Oración a la Bandera y cantar el Himno Nacional antes del inicio de cada jornada, con platica aleccionadora por parte de los maestros, como se hacia habitualmente los días lunes, antes de la reforma educativa de 1968, y cuya práctica se perdió a finales de la década de los 70.

Dr. Máximo Mancía.





ECONOMIA: FITCH califica el Riesgo País.

El martes 6 de los corrientes la calificadora de riesgo FITCH dio a conocer la nueva calificación a aplicada a El Salvador, la cual es de BB con panorama negativo.

Esta clasificación, refleja la realidad económica de nuestro Estado y su perspectiva: El endeudamiento soberano fue el 2009 del 49% y se espera que alcance el 50% del PIB en el presente año. El endeudamiento esperado para economías con clasificación similar a la nuestra, es de un 42%. Se espera para nuestro país un crecimiento económico del 1 al 1.8%del PIB. Cuando el promedio de crecimiento anual para economías con igual calificación que la nuestra se espera sea del 3 al 4%, en cambio, el crecimiento mundial del PIB será de un 4.6%.

La actual calificación refleja la vulnerabilidad a shock externos o internos.

Quiero referirme al impacto que produce dentro de nuestra economía la delincuencia en general. En información hecha pública por La Cámara de Comercio e Industria de El Salvador, afirma, que en la actualidad la empresa privada ha gastado $ 640, 000,000.00 y el costo total de El Salvador en este rubro es del 10.8% del PIB. Esta cifra varia según su fuente, pues algunos la estiman que llega al 13% del PIB, según sea el manejo de datos.

Según declaraciones de nuestros funcionarios, es necesario un mayor gasto en seguridad he inversión social. Ya el Estado tiene un déficit fiscal en el ejercicio anterior de un 5.6%. El impacto que tendría un nuevo impuesto o el aumento de los ya existentes afectaría negativamente en la inversión privada y su producción, y por consiguiente, en la competitividad de nuestros productos. Estas medidas sólo agudizarían la crisis que ya vivimos, porque tal situación redundaría en calificaciones de mayor riesgo.

Si a mayor imposición tributaria, menor crecimiento económico, el Estado necesita en estos momentos de crisis, asegurar la producción y consumo actual, pues es de dicha actividad de donde obtiene sus recursos.

Las políticas de endeudamiento a largo plazo, pueden dar un respiro a las finanzas del Estado y permitirle cumplir con sus compromisos, pero esta situación se revierte cuando la economía decae. En consecuencia, siendo un de los principales problemas la delincuencia, y que se nutre y detiene nuestra economía, se hace necesario un estudio detallado de las inversiones en el área de Seguridad Pública así como de sus políticas, buscando una reorientación de los recursos antes de proponer nuevos impuestos.

Las calificadoras de riesgo, no solo evalúan la situación financiera del Estado, sino el funcionamiento de la economía en general y una variante a tomar en consideración es la seguridad jurídica. Una calificación desfavorable nos encarece la deuda, y por tanto el Estado necesitará mayores recurso para el cumplimiento de sus compromisos.



DEMOCRACIA: La deposición de un presidente. (Caso de Manuel Zelaya)

“La paz es el efecto de la confianza que la honradez y la lealtad de los gobernantes infunden a los ciudadanos."

General Eustorgio Salgar Moreno, Presidente de los Estados Unidos de Colombia 1870-1872

A casi un año ya del 28 de junio de 2009, podemos evaluar uno de los hechos políticos de mayor trascendencia para la vida democrática centroamericana. Los titulares de prensa de días posteriores a la deposición del Presidente de Honduras Manuel Zelaya, llaman al hecho “un golpe de Estado”, y mueve a las distintas organizaciones internacionales a pronunciarse al respecto. Sin embargo, tenemos que ver dicho hecho, con la serenidad que nos da el tiempo transcurrido y del desenlace que ha tenido, no olvidando sobre todo, la soberanía de la República de Honduras, y lo que ello implica. En valoraciones de este tipo, deben atenderse los principios políticos y jurídicos que están en juego por sobre los intereses de partido. Y no debe olvidarse también que las decisiones tomadas por los otros Estados Centroamericanos tiene un impacto económico significativo en el área, y más aun hoy que existe una crisis económica mundial. Este tema, olvidado ya por los medios de comunicación de nuestro país, pero siempre de actualidad, por no estar diplomáticamente resuelto, ha sido nuevamente llevado a discusión gracias a la conferencia impartida por el Ex Presidente Roberto Micheleti, a la audiencia salvadoreña quien atendiendo solicitud de la asociación Cívica Pro Paz y Trabajo, se presento en un hotel capitalino el mates 22 de junio para exponer los acontecimientos que motivaron la remoción del Ex Presidente hondureño Manuel Zelaya.

Desde nuestra primera Constitución de la República Federal de Centro-América, promulgada el 22 de noviembre de 1824, quedo claramente asentado lo que sería para Centroamérica la soberanía nacional y los deberes del ciudadano.

Veamos cómo pensaron nuestros próceres en aquel momento:

Art. 1.- El pueblo de la República federal de Centro América es soberano e independiente.

Art. 2.- Es esencialmente soberano y su primer objeto la conservación de la libertad, igualdad, seguridad y propiedad.

Art. 3.- Forman el pueblo de la República todos sus habitantes.

Art. 4.- Están obligados a obedecer y respetar la ley, a servir y defender la patria con las armas y a contribuir proporcionalmente para los gastos públicos sin exención ni privilegio alguno.

Esta remembranza histórica es para establecer el origen político común y explicar los hechos políticos actuales. Es prueba de que el sentimiento democrático es nuestro, por nacimiento, y rechazamos cualquier intento de forzar situaciones de imposición, que no sean producto de la voluntad soberana expresada previamente en la ley.

En nuestro sistema democrático, la soberanía debe manifestarse; y la forma usualmente aceptada para esta manifestación, es mediante el voto directo en elecciones libres: Sin embargo, mediante la representación que se da a partir de las elecciones, deja aletargada la voluntad ciudadana, hasta la siguiente contienda electoral. Un mandato, presidencial, municipal o parlamentario, conlleva un apego de la voluntad soberana en el mandato del funcionario, quien no tiene mas, atribuciones que las que la ley le da, y su gestión, tiene que ser a su vez, la expresión de la voluntad soberana. La voluntad soberana legitima la acción del mandatario, en tacita aceptación, mediante la obediencia a su mandato, el cual por lo tanto, no es jamás absoluto, ni mucho menos, contrario a la voluntad de su mandante.

Las expresiones de hecho, generalmente corresponden a minorías, las cuales son normales dentro de la democracia, y jamás alteran el funcionamiento normal del Estado, y se califican como manifestaciones normales de la libertad de expresión, y que solo incomodan al gobernante de turno.

Partiendo de los principios ya expresados, concluimos, que al crearse una situación de crisis política por la pretensión de instalar una cuarta urna, que tenía el propósito de proponer un cambio constitucional en Honduras, no siguió los pasos determinados en su proceso y más aún, contraviniendo la legislación vigente. Ahora bien, aunque la consulta popular o referéndum es un instrumento democrático, su práctica tiene que estar regulada previamente por la ley. Y por esta razón aunque se arguya que se realizará un acto puramente democrático y sin más fin que la de una consulta, no deja de ser un acto arbitrario. Al pretenderse la ejecución de un acto claramente contrario a derecho, obliga a los otros poderes del Estado a ejercer su función contralora objetando dentro del marco de la ley, la colocación de la cuarta urna. Sin embargo, al insistir el Presidente Zelaya en la ejecución de dicho acto, obligan al único ente facultado para el ejercicio de la fuerza legítima, actuar: el ejercito; y se remueve del cargo al infractor. Esta acción de fuerza que depone al Presidente, no riñe con el proceso democrático, pues doctrinariamente en la mayoría de las constituciones en las que no hay una lucha armada interna en curso, se acepta el derecho a la insurrección o la deposición de un funcionario si se ha excedido en sus funciones.

Es de hacer notar que en el sistema presidencialista, el presidente, no llega por merito exclusivamente propio, sino que posee inicialmente el aval de un partido político, y de todas las fuerzas que apoyan al mismo. Y en el caso hondureño, todas las fuerzas políticas, negaron su apoyo al Presidente Zelaya en su pretensión, lo que queda claramente evidente por la oposición de su partido en el Congreso, y en la del ciudadano común al no acatar sus llamados a la resistencia, ya sea esta activa o pasiva. En consecuencia, la legitimidad de su mandato fue diluyéndose en la medida que su gestión fue contraria a la voluntad soberana.

La deposición del Presidente Zelaya, fue un acto estrictamente democrático; extremo en su proceder, si lo calificamos, pues se espera que un funcionario acate los mandatos de los entes contralores directos como es La Corte Suprema y el Congreso Nacional. Pero explicable, por el desarrollo de los hechos: La negativa del Presidente Zelaya a reconocer la autoridad conferida soberanamente a los otros poderes del Estado, dando al ejercito la orden directa de instalar la cuarta urna, lo que implica un uso indebido de su autoridad. La acción militar no generó más consecuencia que la remoción del Presidente Zelaya.

Puede sustentarse por algunos que el proceder del Ejército fue ilegal, pues la forma legal hubiese sido la formación de un antejuicio y posterior remoción del cargo. Más, siendo él Comandante General del Ejercito, y habiendo ordenado el uso de las Fuerzas Armadas para la instalación de la cuarta urna, separando de su cargo a la cúpula militar que se le opuso, esta posibilidad no fue viable. La legitimidad de la deposición presidencial, estaba en duda hasta ver el desenvolvimiento de los hechos de ese día, porque se desconocía la reacción del pueblo hondureño. Fue claro que no hubo un movimiento interno suficientemente fuerte para sostener al Presidente Zelaya en su cargo. Lo cual indica un apoyo sólo de la minoría.

La soberanía, también tiene que ser entendida en su ámbito internacional, o sea la aceptación de los otros estados de los procesos políticos internos de un país. Es comprensible las primeras reacciones de la UE, OEA y ONU, instando a que se restaure el “gobierno democrático" (el de Manuel Zelaya), mientras que El Salvador, Nicaragua, Guatemala, Venezuela y los Estados Unidos anunciaron sanciones económicas para Honduras a causa del "golpe de Estado", y el Banco Mundial y el BID, anunciaron la suspensión de la ayuda financiera que otorgaban a Honduras, y se produjo una retirada en bloque de todos los embajadores de la Unión Europea. Por otra parte, ya no es comprensible mantener esta posición, porque la elección del Presidente Porfirio Lobo, puso en funcionamiento la soberanía hondureña, manifestando su voluntad de un nuevo presidente.

Ahora bien, la toma de posesión del Presidente Porfirio Lobo restaura el orden constitucional hondureño. Y la ley de Amnistía propuesta por él pone fin jurídico a la deposición del Ex Presidente Manuel Zelaya.

La de deposición de un Presidente no se debería de dar en nuestro sistema, si el funcionario fuese fiel a su propuesta electoral, a su partido y respetara las contralorías internas de un Estado. El acto antidemocrático es pretender interpretar la voluntad popular arbitrariamente, fuera de la normativa establecida.

Es de estudiar el caso hondureño, pues refleja la deficiencia de nuestro sistema democrático, la cual consiste en que no hay recursos de reclamación a nuestros funcionarios cuando estos pierden el apoyo popular o simplemente cambian de partido aduciendo una nueva ideología, guardando su posición política y poder del cual fueron investidos. En ese sentido han sido modelos Inglaterra, Francia e Israel, y aún en nuestro continente, Argentina, cuando luego de la dictadura militar, el Presidente Raúl Alfonsín al perder popularidad por las malas políticas económicas, las que crearon hiperinflación y por ende, falta de aceptación y legitimidad de su mandato, depone su cargo voluntaria y anticipadamente a favor de Carlos Saúl Menen, quien había sido electo recientemente en 1989. Este fue un ejemplo de acción democracia.

Es necesario cerrar este capítulo ya definido por el soberano hondureño al elegir nuevo Presidente de la República. Pues es momento en que pesen mas los intereses económicos del área centroamericana, y especialmente los de El Salvador y Honduras.

En conclusión: ¿Qué provocó el conflicto que alteró la paz?

Fue la pretensión de imponer un acto que, aunque democrático por naturaleza, sería arbitrario por que no estaba regulado por la ley nacional.

Lección política: Todo funcionario antes de proponer la implementación de un acto de gobierno, no solo debe considerar la naturaleza y fines del mismo, sino que sea legal, según la constitución, porque lo que él juró al tomar su cargo fue cumplir La constitución y Leyes de la república.









PUBLICACIÓN ACCIÓN

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Todos los derechos y responsabilidades derivadas de PUBLICACIÓN ACCIÓN y su contenido, son exclusividad del Editor: Lic. Fernán Camilo Álvarez Consuegra.

San Salvador 12 de julio de 2010, República de El Salvador, en Centroamérica

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