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miércoles, 2 de agosto de 2023

RÉGIMEN A CONSTITUCIONAL

 

Por

Lic. Fernán Camilo Álvarez Consuegra


 

Se vive en El Salvador, un régimen aconstitucional, es decir, sin Constitución, pues siendo autocrático su régimen , se separa de los principios que establece la Constitución y, de la independencia de poderes, característica de la República, que mantiene el equilibrio de poder del Estado, con las libertades individuales, lo cual nos plantea la disyuntiva:  ¿Se recurre a la institucionalidad corrupta, en reclamo de justicia, se recurre a instancias internacionales, en base a tratados internacionales o, se insiste en la divulgación de los valores constitucionales, para provocar una reacción social, contra el régimen aconstitucional, volviéndose al natural orden del Estado? Exploremos estos tres caminos, que no son excluyentes entre sí.

 

El régimen aconstitucional, presenta situaciones manifiestas como la reelección presidencial y la disolución de los municipios y, menos palpables como la confiscación de las pensiones y la toma de fondos privados, para el sostenimiento del Estado o, las distintas presiones a los sectores empresariales y a candidatos opositores, para que abandonen la contienda electoral. Todos, ofrecen la posibilidad de recurrir a los tribunales, pero ¿fallaran en favor del demandante, en contra del abuso de autoridad y, en favor de la Constitución? Existiendo la posibilidad de que se establezca judicialmente, un precedente favorable al autoritarismo, por un razonamiento aconstitucional.

 

Ejemplo de ello podría ser, alegar la inconstitucionalidad de las candidaturas de Nayíb Bukele y de Félix Ulloa, que podrían finalizar con la ratificación de dichas candidaturas por la actual Sala de lo Constitucional, aunque ésta ya haya emitido criterio, en un considerando “extra petitio” en una resolución previa. Si la actual Sala se excusase y otros conocieran, resolviendo igualmente, en favor de la candidatura presidencial, sería una confirmación de que el actual régimen es aconstitucional, y que tiene como ordenamiento primario, la conveniencia y voluntad del dictador.

 

Si se recurre a instancias internacionales, por violación de los Derechos Humanos y en aplicación de la Carta Interamericana de Derechos Humanos y el Pacto de San José, la justicia daría la razón a los salvadoreños demandantes aunque no, en un corto plazo, pero serviría de justificación a acciones políticas internas, en defensa de la Constitución, como forma de respetar los Derechos Humanos, el debido proceso y, el derecho a la propiedad privada.

 

También pueden promoverse foros de “constitucionalidad”, para explicar los principios que ésta promulga y la necesidad de la vigencia de la misma, para  la preservación de un sistema político que respete a todos los habitantes y, que ponga límites al ejercicio del poder, para que luego así, una conciencia colectiva, con la convicción de que el orden Constitucional, es la única garantía del orden nacional, que permite un desarrollo sostenible.

 

Actualmente, El Salvador se aísla económicamente debido a sus imparables gastos gubernamentales, a causa de la corrupción y al ocultamiento de información, lo que da desconfianza a la banca internacional, lo cual ha hecho que el Gobierno, se financie de fondos internos, no provenientes de impuestos: tomar los fondos de pensiones, sin posibilidad de devolución y también el dinero de particulares, resultante de la baja deliberada, del encaje legal.

 

Los negocios privados de funcionarios públicos: Bitcoin, importaciones de alimentos y empresas inmobiliarias, sólo reflejan la naturaleza aconstitucional del actual régimen y que este, es a mediano plazo, insostenible por razones económicas, lo cual caldeará los ánimos políticos, en reclamo de un retorno a la constitucionalidad.

 

Para su sostenimiento, el Gobierno tendrá cada vez más, que emplear la fuerza, delegando más funciones a la Fuerza Armada y acercarse a otros regímenes autocráticos:  China y Rusia. Pensemos para el desarrollo sostenible nacional, en un retorno al orden Constitucional.

 

 

 

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