Por
Lic.
Fernán Camilo Álvarez Consuegra
Se vive en El Salvador,
un régimen aconstitucional, es decir, sin Constitución, pues siendo autocrático
su régimen , se separa de los principios que establece la Constitución y, de la
independencia de poderes, característica de la República, que mantiene el
equilibrio de poder del Estado, con las libertades individuales, lo cual nos
plantea la disyuntiva: ¿Se recurre a la
institucionalidad corrupta, en reclamo de justicia, se recurre a instancias
internacionales, en base a tratados internacionales o, se insiste en la
divulgación de los valores constitucionales, para provocar una reacción social,
contra el régimen aconstitucional, volviéndose al natural orden del Estado? Exploremos
estos tres caminos, que no son excluyentes entre sí.
El régimen
aconstitucional, presenta situaciones manifiestas como la reelección
presidencial y la disolución de los municipios y, menos palpables como la
confiscación de las pensiones y la toma de fondos privados, para el
sostenimiento del Estado o, las distintas presiones a los sectores
empresariales y a candidatos opositores, para que abandonen la contienda
electoral. Todos, ofrecen la posibilidad de recurrir a los tribunales, pero ¿fallaran
en favor del demandante, en contra del abuso de autoridad y, en favor de la
Constitución? Existiendo la posibilidad de que se establezca judicialmente, un
precedente favorable al autoritarismo, por un razonamiento aconstitucional.
Ejemplo de ello podría
ser, alegar la inconstitucionalidad de las candidaturas de Nayíb Bukele y de Félix
Ulloa, que podrían finalizar con la ratificación de dichas candidaturas por la
actual Sala de lo Constitucional, aunque ésta ya haya emitido criterio, en un
considerando “extra petitio” en una resolución previa. Si la actual Sala se
excusase y otros conocieran, resolviendo igualmente, en favor de la candidatura
presidencial, sería una confirmación de que el actual régimen es aconstitucional,
y que tiene como ordenamiento primario, la conveniencia y voluntad del
dictador.
Si se recurre a
instancias internacionales, por violación de los Derechos Humanos y en
aplicación de la Carta Interamericana de Derechos Humanos y el Pacto de San
José, la justicia daría la razón a los salvadoreños demandantes aunque no, en
un corto plazo, pero serviría de justificación a acciones políticas internas,
en defensa de la Constitución, como forma de respetar los Derechos Humanos, el
debido proceso y, el derecho a la propiedad privada.
También pueden promoverse
foros de “constitucionalidad”, para explicar los principios que ésta promulga y
la necesidad de la vigencia de la misma, para
la preservación de un sistema político que respete a todos los
habitantes y, que ponga límites al ejercicio del poder, para que luego así, una
conciencia colectiva, con la convicción de que el orden Constitucional, es la
única garantía del orden nacional, que permite un desarrollo sostenible.
Actualmente, El Salvador
se aísla económicamente debido a sus imparables gastos gubernamentales, a causa
de la corrupción y al ocultamiento de información, lo que da desconfianza a la
banca internacional, lo cual ha hecho que el Gobierno, se financie de fondos
internos, no provenientes de impuestos: tomar los fondos de pensiones, sin
posibilidad de devolución y también el dinero de particulares, resultante de la
baja deliberada, del encaje legal.
Los negocios privados de
funcionarios públicos: Bitcoin, importaciones de alimentos y empresas
inmobiliarias, sólo reflejan la naturaleza aconstitucional del actual régimen y
que este, es a mediano plazo, insostenible por razones económicas, lo cual
caldeará los ánimos políticos, en reclamo de un retorno a la
constitucionalidad.
Para su sostenimiento, el
Gobierno tendrá cada vez más, que emplear la fuerza, delegando más funciones a la
Fuerza Armada y acercarse a otros regímenes autocráticos: China y Rusia. Pensemos para el desarrollo
sostenible nacional, en un retorno al orden Constitucional.
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