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viernes, 27 de enero de 2023

DE TORTAS A FRIJOLES CON QUESO

 

Por

Lic. Fernán Camilo Álvarez Consuegra

Editor de PUBLICACIÓN ACCION

 

Cuando se le informó a María Antonieta, Reina de Francia, que el pueblo pasaba hambre y no podía comprar pan, dijo: “Déjenlos comer pasteles”. En paralelo, hoy el Diputado de Nuevas Ideas, William Soriano, ante la dificultad del pueblo para alimentarse, dijo: “El problema es que a los salvadoreños les gusta comer bien, y por eso se viven quejando del salario. Si cada quien comprara sus frijoles y su queso, el dinero les alcanzaría y podrían ahorrar un poco. No todos estamos capacitados para complacer nuestro estómago”.

 

Ambas expresiones, dichas con 235 años de diferencia, nacen del concepto de totalitarismo de Estado y de que, quien ejerce el poder, y su familia, están divorciados del sentir y necesidades del ciudadano común, quien tiene la obligación de sostener y obedecer al Gobierno. La confirmación, de un Estado totalitario, es de la misma Asamblea Legislativa, cuando establece que, quien no haya pagado una multa de Tránsito, no podrá renovar su Documento Único de Identidad (DUI), lo cual marca, el inicio de una nueva tendencia, que tratamos en este artículo.

 

El Artículo 1 de la Constitución, establece que el fin y razón de existencia del Estado, es para servir a la persona humana, o sea a sus habitantes: a quienes, si no se les permite el derecho, a tener un DUI, se niegan sus derechos de salvadoreño, pues el DUI o su identificación, es la prueba física, de tal calidad. En este sentido, violase el Artículo 27 inc. 2º Constitución, pues se penaliza la deuda y se sufren las consecuencias, que la constitución pretende evitar.

 

Jurar lealtad al presidente de la República, va en contravención del Artículo 211 Constitución, pues la Fuerza Armada y todo funcionario público, está al servicio de la Nación y no, de una persona o cargo. La supresión del FODES a las Alcaldías, viola la autonomía Municipal, asegurada en el Artículo 203 Constitución. Al amenazar con suprimir los municipios opositores, que serán absorbidos por los que el oficialismo tiene controlados, destruye el municipalismo y con ello, la estructura democrática.

 

El poder de confiscación de la Dirección de Obras Municipales, invierte los principios constitucionales, aplicables a la tenencia de la propiedad, pues sólo será privado, lo que no le interese al Estado. Cuando lo general, es la protección de la propiedad privada y la excepción a esa regla, es la necesidad de utilidad pública, que debía de ser reconocida por la Corte Suprema de Justicia en pleno, antes de dirimirse el caso, en una instancia administrativa. Esta aplicación del poder del Estado, implica una inversión de los Artículos 101,102 y 103 Constitución.

 

La nueva legislación, para sancionar con 15 años de prisión, a quien se oponga a una candidatura, en una interpretación gramatical, sólo es aplicable a miembros del Tribunal Supremo Electoral, pero si se hace una interpretación exegética y extensiva de la misma, es aplicable a cualquier persona que se exprese contra la candidatura inconstitucional de Nayíb Bukele, dependiendo su aplicación, de la discrecionalidad de la Fiscalía General de la República, lo cual va en contra de muchas disposiciones de orden constitucional.

 

Seguramente, veremos muchas mas arbitrariedades o fraudes constitucionales, realizados a partir del concepto de totalitarismo de Estado, lo que llevará al Gobierno, a un mayor acercamiento a países totalitarios, en su lucha contra los países democráticos, o que piensan que la razón de ser del Estado, es la persona humana y no, la preeminencia del Estado-Gobernante, como fin de la actividad del Estado. 

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