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martes, 13 de febrero de 2024

FRAUDE ESTRUCTURAL

 

Por

Lic. Fernán Camilo Álvarez Consuegra

Editor de PUBLICACIÓN ACCION 

 

En las primeras elecciones de 2024, se ha cometido un fraude estructural, que es derivación de la corrupción estructural: explicaremos este fenómeno y, cómo sería posible romper sus efectos, sin afectar las elecciones venideras, pues de no corregirse los errores actuales, éstos se profundizaran en la segunda, perdiendo el próximo Gobierno, la legitimidad.

 

Las elecciones realizadas el 4 de febrero de 2024, tuvieron tales deficiencias, que ha sido imposible, poder determinar, con certeza jurídica, el resultado exacto de la voluntad soberana, según el Art. 83 Cn. Pues la pérdida de actas y la ruptura de la cadena de custodia de las urnas, lo hacen imposible.

 

Esta anomalía, ha sido substituida por ficciones jurídicas, basadas en un elemento, que sí pueda verificarse o contra otro,  que si es verificable: ejemplo, dar por válido un resultado con una sola copia de acta o, no abrir la urna, cuando no hay acta alguna o esta, adolece de falta de firmas.

 

Si vemos cada una de las anomalías, podría darse las nulidades de una urna específica, pero no, de la totalidad de las elecciones, según la normativa vigente en El Salvador, pues no es concebible, por la Ley, un fraude masivo, lo cual implicaría la participación de toda la institucionalidad relacionada con las elecciones. Esta situación, crea el primer elemento del fraude estructural.

 

El segundo elemento es la impunidad: si no funcionan los sistemas de contraloría y equilibrio de poderes, impiden que se pueda castigar y corregir los errores del proceso electoral, generándose impunidad, lo cual demuestra que no se vive en un sistema democrático o republicano. Este es el segundo elemento del fraude estructural.

 

El tercer elemento, es la captación ilegal e inmoral de fondos, pues el sistema impide que la deuda política sea entregada a los partidos políticos, para poder inmovilizar el sistema electoral. Su retención, solo es un medio de control y sometimiento para los partidos políticos, con el fin de manipular el sistema electoral, en favor del oficialismo.

 

En conclusión: no es posible saber con certeza absoluta, el resultado de las elecciones presidenciales y si el escrutinio de la votación para diputados, dará el resultado que verdaderamente votó el ciudadano. El retiro del escrutinio de partidos opositores, por la imposibilidad de realizar la debida verificación del proceso y la carta pública, de descarga de responsabilidad de los Magistrados suplentes del TSE, dejan en claro los puntos arriba expuestos.

 

En consecuencia, es necesario que una entidad investigue lo sucedido y que tome las medidas que la ley determine. Esta función, recae en la Fiscalía General de la República, pero al haber sido esta, parte esencial dentro de este proceso, su participación, omitiendo sus responsabilidades. la inhibe, por ello, sólo la actual Asamblea Legislativa, puede constituir dicha comisión, y las entidades internacionales ya invitadas para la verificación del proceso electoral, deben ser parte de este proceso.

 

 

 

Esta situación, hace trascender las elecciones del 4 de febrero, de un plano estrictamente jurídico a otro, de naturaleza política, pues ha sido alterado el orden jurídico en sus principios básicos: dar certeza de un orden, para la generación de la confianza pública, la cual al final, dará la legitimidad del Gobierno, en su actuar pasado y el futuro.

 

Hoy la certeza, es que se desconocen los verdaderos resultados electorales y se han resumido las votaciones a la proclamación de un Presidente. A esto hay que considerar que el TSE, ha declarado que hubo un 47.3% de abstención, lo cual no es posible saber, sin un escrutinio exhaustivo y verificable. Si restamos el voto en el extranjero, la votación nacional sería inferior al 50%.

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