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martes, 14 de mayo de 2013

EL PROCESO RÍOS MONTT Y LA GUERRA FRÍA EN GUATEMALA



Por
Lic. Fernán Camilo Álvarez Consuegra
Editor de PUBLICACIÓN ACCIÓN  http://publicacionaccion.blogspot.com
San Salvador, 14 de mayo de 2013.

La libertad, Sancho, es uno de los más preciosos dones que a los hombres dieron los cielos; con ella no pueden igualarse los tesoros que encierran la tierra y el mar: por la libertad, así como por la honra, se puede y debe aventurar la vida.

Miguel de Cervantes (1547-1616) Escritor español.

Tras conocerse la condena al General José  Efraín Ríos Montt,  por los delitos de genocidio y violaciones a los Derechos Humanos, durante el período en que ejerció la autoridad suprema en Guatemala, de marzo de 1982 a agosto de 1983, hemos visto cómo manifestaron su júbilo,  las entidades representativas de los Derechos Humanos y  las quienes sustentan los principios socialistas. Pero también se ha manifestado  condena al proceso seguido contra el General Ríos Montt, por parte de quienes fueron objeto, en Guatemala, de la agresión comunista, durante los años 1960-1996, y en razón de estas dos opuestas manifestaciones,  analizamos  la condena al General Ríos Montt,  desde tres puntos de vista: el histórico, el jurídico y el político.

La muerte de  1771 indígenas, pertenecientes a la etnia Ixil, se dio durante diferentes enfrentamientos con motivo de la Guerra Fría, en la cual, Guatemala, dentro del teatro de operaciones centroamericano,  tuvo muy débil  importancia, entre los años 1982 y 1983, pues en aquel  momento los polos principales de lucha, se dieron en El Salvador y Nicaragua. La relevancia de Guatemala en la geopolítica del área, se debe a sus características   geográficas y socioculturales,  que le permitieron sostener una insurgencia muy eficaz y la más antigua de Centroamérica. Contra esa insurgencia, los Estados Unidos favorecieron un Golpe de Estado, para que redujese la amenaza comunista e imponga el orden, perdido en la presidencia de Fernando Romeo Lucas García. En aquel momento, el criterio de los Estados Unidos, había sido en Centroamérica,  favorecer a  simpatizantes de la Democracia Cristiana y, por esta razón, razón favorecieron la llegada al poder en Guatemala del General Ríos Montt,  en la misma forma en que habían favorecido dos años antes,  la llegada al poder del Ingeniero José Napoleón Duarte, en El Salvador, buscando con ello, poner freno al avance soviético-cubano en Centroamérica, con una imagen de democracia y tolerancia política.

La muerte de 200,000 guatemaltecos, durante los treinta y seis años de guerra civil, como consecuencia de  la lucha de las  grandes superpotencias: Estados Unidos y Europa occidental, frente a la Unión Soviética y China continental, contrasta con la realidad expuesta en el Tribunal, durante el Juicio contra el General Ríos Montt, en el cual, se le imputa la responsabilidad de la muerte de los indígenas, por razones étnicas y por su filiación  política legítima. Guatemala, cuya población es 51% indígena, llega a casi el 100%, en el departamento del Quiché.  Un artículo intitulado  “Iglesia, Ejercito y Guerrilla en el Triangulo Ixil”, del Antropólogo norteamericano David Stoll,  explica: “Los líderes tachados de subversivos, se comprometieron, de acuerdo a los organismos de derechos humanos, en una profecía de auto-cumplimiento: los asesinatos impulsaban a los indígenas a unirse al movimiento revolucionario. De acuerdo al ejército guatemalteco, por el otro lado, el clero católico cumplía sus propias profecías de represión al prestar sus iglesias a los infiltradores. Lo que es seguro es que los movimientos de reforma cristiana y la efervescencia maya atrajeron a las guerrillas y a las fuerzas contrainsurgentes, cuyos golpes y contragolpes se convirtieron en una guerra viciosa en la que la mayoría de los muertos eran indígenas mayas. …….. Otro suceso significativo fue la primera ejecución de un terrateniente del área por parte del Ejército Guerrillero de los Pobres, en Junio de 1975. Los sobrevivientes de una anterior insurgencia no-indígena habían fundado el EGP tres años antes, desde la selva, por la frontera mexicana. Cuando estos extraños escogieron el norte de Quiché como el lugar más prometedor en el país para emprender una guerra de liberación, entre los factores que se dijo influyeron en su decisión estaba la fuerza de las organizaciones católicas de la zona.

La realidad que nos presenta Stoll,  contrasta con la vertida y sustentada en el proceso contra el General Ríos Montt. Por otra parte, podemos observar, que aunque se afirme judicialmente que  le condena es por actos ordenados por su persona y por el General Mauricio Rodríguez (absuelto en el proceso), es en realidad, un proceso contra los Gobiernos de la época,  pues la juez, ordena, al Estado de Guatemala, a pedir perdón por los hechos atribuidos al General Ríos Montt,  lo cual constituye una clara  contradicción de orden judicial, pues el sustento legal del proceso, es la responsabilidad individual y, si se deriva esta responsabilidad colectivamente al Estado, el tribunal excede inmediatamente, su propia competencia, tal como lo calificaron los defensores del General Ríos Montt.

El proceso contra el General Ríos Montt en Guatemala, sólo ha sido y es posible por la presión de entidades de derechos humanos, que van de país en país latinoamericano, forzando la justicia, retomando  casos ya fenecidos o  que el pasado ya enterró porque a las generaciones presentes,  que no vivieron esos hechos ya no les interesan por no haberlas vivido. La victoria celebrada en Guatemala, con motivo de este fallo,  contrasta  grandemente,  con el alto que se le ha puesto a tales procesos  tanto en  Uruguay como  en El Salvador.

Latinoamérica sufrió los efectos de la Guerra Fría, por la insurgencia y  el  terrorismo: sus  legítimos Gobiernos y sus Fuerzas Armadas, con el concurso de los Estados Unidos y el beneplácito de los otros países integrantes de la OTAN, libraron guerras fratricidas terribles,  mientras que en los Estados Unidos y Europa, sólo se median las fuerzas mediante un equilibrio nuclear, razón por la que la población de esos países, no sufrió los rigores de la guerra y,  por lo que el  Derecho Internacional ha avanzado muy poco desde los juicios de Núremberg y Tokio, derivándose,  la reglamentación de la guerra, de los conceptos de guerra clásica, por lo que el Derecho, no contempla, de forma directa, la insurgencia de los años de la Guerra Fría,  haciendo una alusión a los métodos de lucha,  pero no, a la respuesta del Estado, en su legítima defensa. Esta percepción ha estado cambiando desde el 11 de septiembre del 2011, en que, queda claro que, el Estado debe tener la capacidad de defenderse de quienes, por vía de la fuerza y el terror, pretenden doblegar la voluntad política del legítimo Gobierno, y por ende, la de sus ciudadanos.

Ahora, la condena del General Ríos Montt,  pueden considerarla algunos un triunfo de los Derechos Humanos, pero lo que, en realidad estamos viendo que ha sucedido, es la violación de los Derechos Humanos por la aplicación de estos mismos Derechos Humanos. Es el caso del General Ríos Montt, puede contársele  hoy como una  más victima tardía del conflicto 1960-1996. Los hechos que  realizaron  el General Ríos Montt y las Fuerzas Armadas de Guatemala, fueron solamente cumplimiento de su papel constitucional de  defender a su territorio de una injusta agresión extranjera, y con el propósito de  proteger   a su población de las vicisitudes de tales ataques y sobre todo su libertad.

El resultado del juicio contra el General Ríos Montt, abre tres puertas, a saber: nuevos procesos contra militares y gobernantes latinoamericanos,  que ejercieron sus mandatos durante la Guerra Fría; que las víctimas del terrorismo izquierdista, inicien otros procesos contra los líderes de los movimientos insurreccionales, en aquella época; pero puede también suceder que se considere la defensa del Estado, en aquella época, como legítima, frente a una agresión común,  lo cual genere ahora, una defensa común, frente a los procesos iniciados por las organizaciones de Derechos Humanos,  que sólo pretenden lucrarse de las reparaciones civiles, de sus representados.

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