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jueves, 5 de noviembre de 2015

POR EL DERECHO DE LOS MUERTOS Contestando al Dr. Rafael Enrique Guerra Alarcón


Por    
Lic. Fernán Camilo Álvarez Consuegra
Editor de PUBLICACIÓN ACCIÓN  http://publicacionaccion.blogspot.com
San Salvador, 5 de noviembre  del 2015.

Sobre la notificación,  en la que se fijan seis meses para mostrar los títulos de propiedad y cancelar los impuestos municipales, en el cementerio Santa Isabel, de Santa Ana, no obstante  si el título es a perpetuidad o temporal, he recibido, del encargado de dicho proyecto, el Dr.  Rafael Enrique Guerra Alarcón, vía Facebook, la respuesta siguiente:

“MUCHAS GRACIAS POR APOYAR AL CONCEJO MUNICIPAL DE SANTA ANA EN EL MEJORAMIENTO DEL CEMENTERIO SANTA ISABEL. GRACIAS AL LICDO. Fernán Fernán Camilo Álvarez Consuegra, por permitirme dar explicaciones jurídicas: LEY GENERAL DE CEMENTERIOS: ART. 15. "En todo cementerio el servicio de sepultura se prestará en puestos a PERPETUIDAD Y TEMPORALES, estos últimos no podrán ser menores de un período de siete años prorrogables". ART. 36. "Cuando las personas interesadas no pagaren los derechos de prorroga a los puestos de fosa de CUALQUIER CATEGORIA, conforme a lo dispuesto en el Art. 15, podrá EXHUMARSE LOS CADAVERES ENTERRADOS EN ELLOS, previa autorización de dirección general de salud; lo mismo se observará cuando después de HABERSE PAGADO los derechos de prórroga, el interesado quisiere que se exhumase un cadáver..........." ES DECIR QUE EL CONCEPTO DE PERPETUIDAD no exime del pago y si no paga, se puede exhumar. HAY MAS ARGUMENTOS JURIDICOS.”
En razón de dicha aclaración, me permito recordarle al Dr. Guerra, que los restos mortales, no son considerados legalmente, como personas, pero  en ellos (los restos) se refleja el honor del individuo,  que en vida fue persona; en consecuencia, considerarlos como  objeto de desecho, por falta de pago, mancilla la dignidad humana, razón por la cual, para evitar tal ignominia, se ha considerado el principio de perpetuidad, en los puestos del cementerio, en los cuales, una vez pagada la “fabrica” (la construcción del nicho) a la Municipalidad, se consideran los dichos restos humanos, imperturbables  e inamovibles, salvo la voluntad de los deudos, a diferencia de los puestos denominados temporales.

Es de considerar que al determinar los alcances  del Art. 1 de la Constitución,  según el cual,  el objeto y fin del Estado,  es la persona humana y, que la acción del Estado, en favor del individuo, no termina con su muerte, se extiende a un ámbito muy especial, el de la “memoria histórica” o “del honor”, según fuese la concepción ideológica que se tenga, pero en tal sentido, hay plenas coincidencias.

No niego, el derecho de la Municipalidad a cobrar impuestos, tasas o contribuciones especiales, dirigidas contra los titulares de los puestos, o sus descendientes, pero de ningún modo, contra del fallecido, pues éste ha perdido la capacidad de defenderse material y jurídicamente. Razón por la que, ésta defensa recae en la colectividad, expresada en la Municipalidad misma, en el caso de no existir ya, descendientes vivos. Recuerdo al Dr. Guerra, que el cementerio Santa Isabel, entró en funcionamiento en 1896 y que recoge los restos del antiguo cementerio de Santa Ana, que estaba ubicado precisamente  donde hoy es un predio municipal, a un costado del parque Anita Alvarado.

La belleza del cementerio, se muestra en sus monumentos funerarios,  y precisamente son aquellos  son los más antiguos, que datan de la época de oro de Santa Ana;   posiblemente,  la cuarta o quinta generación, ya han perdido sus títulos de propiedad o, están sus descendientes extintos o  fuera de Santa Ana, hecho que nos lleva a la siguiente pregunta: ¿Van a demoler estos monumentos para arrojar los restos? Como por lógica será así, me imagino que el proyecto es revender los puestos en dichos lugares, para generar así, más ingresos para la Municipalidad.

El cementerio municipal, presta un servicio público a difuntos y deudos,  difuntos que han vivido, trabajado y colaborado por el progreso y gloria de Santa Ana y no es justo, que hoy se les considere un desecho, frente a las necesidades económicas actuales de la Municipalidad; esta recibe hoy los fondos FODES, para realizar inversiones municipales, a no ser que consideren que una inversión en el cementerio, es innecesaria,  pues no representa réditos electorales.


En cuanto a su afirmación de que apoyo la gestión municipal presente, aclaro que es todo lo contrario, pues me parece muy desatinada he indigna la pretensión municipal sobre dicho cementerio. Lo cual, no debe ser interpretado como una posición política partidaria contraria a la suya, ni que mi participación pasada  como Director de Asuntos Legales y Electorales del Departamento de Santa Ana, por ARENA,  le haga presumir que estoy obligado, por mi ideología conservadora, a considerar legal, justo y moral, todo lo que disponga el actual Concejo Municipal; pues antes que nada, me debo a la memoria  y veneración de mis ocho generaciones enterradas en dicho cementerio y que vienen desde el cementerio antiguo, una situación que es vista igualmente por infinidad de santanecos.

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