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domingo, 15 de julio de 2012

PÍLDORA DE DERECHO ADMINISTRATIVO: SÓLO HAY UNA CORTE



Por
Lic. Fernán Camilo Álvarez Consuegra
Editor de PUBLICACIÓN ACCIÓN http://publicacionaccion.blogspot.com
San Salvador, 15 de julio de 2012.

Preparado está el escenario  para la toma de posesión de Ovidio Bonilla como Presidente de la Sala de lo Constitucional y, en consecuencia, como Presidente de la Corte Suprema de Justicia. El hecho necesita, sin embargo, un análisis  de estricto Derecho. Para comenzar, tómese en cuenta lo siguiente: de conformidad, con  la Doctrina Norteamericana, un funcionario de derecho, deja de serlo, cuando el órgano que lo eligió,  no era competente o, cuando ulteriormente por una ley o decreto legislativo, es declarado inconstitucional.

De conformidad con este concepto jurídico, al declarar la Sala de lo Constitucional la inconstitucionalidad, de la elección de Magistrados 2012, perdió vigencia el Decreto Legislativo del nombramiento que lo sustenta. Y, aunque exista una resolución en contrario de la Corte Centroamericana de Justicia,  ésta, al carecer de potestad para juzgar asuntos internos de los Estados, carece su auto, de sustentación jurídica, la cual  invalida dicha resolución, a la luz del Derecho Procesal. Además, por su naturaleza del Auto de la Corte Centroamericana de Justicia, es una interlocutoria, la cual aumentaría el caos interno, fin que no pretende el Derecho.

Por consiguiente, aunque se proclame Ovidio Bonilla como Presidente de la Corte Suprema de Justicia, y lo reconozcan las autoridades que lo nombraron, le falta, a su nombramiento lo fundamental, según la Doctrina Francesa,  que dice:  lo que diferencia a un funcionario de hecho, de un usurpador, es la “plausibilidad u opinión pública”, lo que significa que, de ser el cargo ocupado, pública y pacíficamente, el ejercicio de su función sería legitimo, por la aceptación popular, pues  si ésta no existe, estaría el funcionario advertido de su falta de investidura, y por lo tanto, consciente de la usurpación que realiza.

Por otra parte, no podemos ignorar que el representación legal de los intereses del Estado, recae constitucionalmente en la figura del Fiscal General de la República, quien ya reconoció la legalidad de la Sentencia de inconstitucionalidad que descalifica a la elección de Magistrados, para el período 2012-2021, y que  ha visto reafirmado por la aceptación de una demanda contra ocho Diputados, de la  por el Delito de Desacato.

Los hechos: de necesitar  la Fuerza Pública, aunada a la fuerza física de un Sindicato, es notorio que existe el rechazo y, la no conformidad con la toma de posesión de dicho cargo por parte del funcionario y, que éste, en consecuencia, es un usurpador. Por otra parte, el anuncio de la ANEP, de estar preparada para brindar apoyo jurídico a sus asociados, contra las resoluciones firmadas por esta nueva administración de justicia, por considerarla de funcionarios usurpadores, también es un signo del no reconocimiento de los funcionarios, ya declarados inconstitucionales por la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia.

Vemos que la Asociación Nacional de la Empresa Privada ANEP, es la organización gremial que aglutina a 139 empresas contribuyentes y, a 49 gremiales; que en conjunto, aglutinan el 100% de la actividad económica del país. Y, cuando  la ANEP dio su apoyo al movimiento cívico, Aliados por la Democracia, para luchar por la institucionalidad del país, se concretó, la mayor alianza para un mismo objetivo común que, tiene el apoyo directo, de por lo menos, cinco millones de ciudadanos.

Las manifestaciones que se han dado en las calles y también  en los distintos medios de comunicación, carecen de color partidario, lo cual  constituye un Frente Cívico y, su número, legitima sus acciones y no, la correlación de fuerza que se haya dado en las elecciones pasadas, recompuesta luego, por criterios coyunturales de las distintas facciones políticas.

Este Frente Cívico que se ha creado, por las necesidades políticas de la Nación, es motivado por la pretensión  de cambiar nuestro sistema democrático, republicano y representativo  y, quienes están interesados en este cambio, son las cúpulas del FMLN-GANA, por lo cual  se cuenta en el Frente Cívico,  con el apoyo de grupos  de izquierda democrática, que en otras circunstancias, no habrían colaborado, contra sus diputados electos.

Establecido el repudio hacia las personas que se autodenominan “funcionarios públicos”, cabe preguntar, si el Gobierno, en la nueva situación, carecería de una Corte Plena y de una Sala de lo Constitucional. La respuesta es NO: la ley previene estos casos. Asumiría la Presidencia de la Sala de lo Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia, el Primer Magistrado, designado así, por las autoridades pertinentes, desde antes de que se diera esta situación anómala y, le correspondería asumir el cargo al Dr. Florentín Meléndez, quien es de una trayectoria intachable y, quien, bajo las ideas de izquierda, ha sido un defensor de los Derechos Humanos y jamás podríasele atribuir servir  a la Derecha por personales intereses. Así  a  partir de mañana lunes, será el Dr. Florentín Meléndez Presidente de la Honorable Corte Suprema de Justicia y de la Sala de lo Constitucional, con el apoyo de cinco millones de ciudadanos.


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